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sábado 12 de julio de 2025

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Venderán “litros de litro” de combustible

Venderán “litros de litro” de combustible

Frontera, Coah.- Comienza la aplicación de sanciones, multas a quienes alteren bombas de gasolina y diésel, por lo que se les exige a los propietarios de las gasolineras, cuente con un dispensador de combustible, el cual “garantizará” que se vendan litros de litro.

Ante este panorama, empresarios del ramo de hidrocarburos, tendrán que tener su dispensador de combustible o por lo menos, la factura, que ampare la compra del mismo, ya que de acuerdo a la nueva Norma Oficial Mexicana, que entrará en vigor a partir de este 8 de octubre, se les aplicarían sanciones de hasta un millón de pesos, si carece de este instrumento de medición. 

Ante el tema el Presidente de los gasolineros de la Región, Gerardo Oyervides Rodríguez, declaró que luego que la Procuraduría Federal del Consumidor, aprobó este pasado jueves las normas NOM-185-SCFI-2017 y NOM-005-SCFI-2017, los empresarios de esta ramo, tendrán que acatar las indicaciones, de lo contrario sus establecimientos podrían ser cerrados.

Mencionó que, el principal objetivo de esta norma es evitar que en los establecientes de combustible se susciten robo a los consumidores, argumentó que es muy difícil hoy en día la adquisición de un dispensador debido a su elevado precio en el marcado.

Y es que la NOM, aunque fue aprobada desde el 2017, se logró prolongar la entrada en vigor, hasta octubre del presente año, debido al alto costo que les representa a los empresarios gasolineros, la compra del instrumento de medición.

Detalló que, el precio oscila entre los 8 a 10 mil dólares, lo cual tiene que ser necesario invertir para poder seguir operando las gasolineras, de lo contrario PROFECO, ya les estableció los montos de las multas que podrían tener al no cumplir la regla.

Señaló que, la sanción es equivalente entre los 500 mil a 1 millón de pesos y el cierre del establecimiento, lo cual él como propietario de gasolineras pretenderá evitar, ya que aseguró “se apega a las regularidades que deben cumplir”.

Argumentó que, lo único con lo que pueden ser amparados en una supervisión de la Procuraduría Federal del Consumidor, el establecimiento que no cuente con los dispensarios, tendrán que comprobar con factura, donde ya se tiene el pago de dicho despachador.

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