La diputada Blanca Eppen Canales propuso una reforma en la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Coahuila para establecer la facultad de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de poder actuar legalmente por violaciones a derechos o por el incumplimiento de los tratados, leyes, programas, planes y acciones en materia de igualdad en la entidad.
La iniciativa se enfoca en la competencia que tiene la Comisión de los Derechos Humanos del Estado en materia de igualdad de género, de acuerdo con la legislación federal y local, en primer lugar, en la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Coahuila, respecto de sus atribuciones, por increíble que parezca, la palabra “género”, solo aparece en este ordenamiento en referencia a la estructura de la Comisión y en relación a la paridad de sus órganos de autoridad. Mientras que la palabra “igualdad”, aparece solo una vez en relación al Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión
Por otro lado, el tema de la igualdad de género y las atribuciones relacionadas con la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, si fueron plasmadas en la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Coahuila, sin embargo, estas disposiciones son en parte insuficientes y en parte limitadas con respecto a la esencial labor que la Comisión deber realizar en el tema base de esta ley.
“Si bien la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres de nuestro estado le confiere al Instituto Coahuilense de las Mujeres la atribución de encargarse de la observancia en el seguimiento, evaluación y monitoreo de la política estatal en materia de igualdad entre mujeres y hombres, esto en el artículo 51; lo cierto es que la facultad de poder actuar legalmente por violaciones a derechos humanos o por el incumplimiento de los tratados, leyes, programas, planes y acciones en materia de derechos humanos, le corresponde, en este caso, a la Comisión de los Derechos Humanos del Estado” argumentó Blanca Eppen.
En atención a esos fundamentos, propuso incluir en el en el artículo 19 de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Coahuila, la atribución de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado en materia de incumplimiento de los planes, programas y acciones en materia de igualdad, en específico atender las denuncias que se presenten por el incumplimiento de las políticas, acciones y programas en materia de igualdad en la entidad, el seguimiento de los resultados derivados de la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere esta ley, y las demás que en la materia le confieran las leyes respectivas.