En un proceso histórico en la entidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial resolvió que en Coahuila el proceso de reelección de alcaldes para un periodo adicional sí es posible, y dejó abierta la puerta a los 38 munícipes que actualmente están en funciones para competir por el mismo cargo en el 2021.
Con un fallo por unanimidad, el Tribunal Electoral revocó la postura del Instituto Electoral de Coahuila (IEC) que había negado dicha posibilidad, en donde la nueva Magistrada Karla Verónica Félix, tuvo que abstenerse al haberse desempeñado con anterioridad como consejera del IEC.
En el 2018 Coahuila fue la única entidad del país que tuvo extraordinariamente alcaldes por un año, seguida de una elección ordinaria de tres años para las administraciones locales del 2019-2021, por lo cual, la decisión del Tribunal Electoral deja la cama tendida para los alcaldes que fueron electos en estas condiciones, que tendrán la oportunidad de contender para el siguiente período.
Dicha posibilidad se basa en que el primer mandato de los alcaldes fue uno extraordinario por su temporalidad tan acortada, que impidió materializar los beneficios que tiene la reelección, que es precisamente dejar madurar los planes y políticas públicas de los alcaldes a largo plazo.
En México se cuenta con el antecedente del estado de Nayarit, que, al tener una situación similar, se autorizó la reelección de Ayuntamientos después de un período extraordinario, teniendo, de esta manera, alcaldes por siete años.
El proceso en Coahuila fue analizado y estudiado por el Tribunal, quienes contaron con la participación de grupos internacionales especialistas en temas electorales, quienes priorizaron el derecho de los alcaldes a ser votados para un periodo adicional
Al respecto, el Doctor Miguel Ángel Presno Linera, Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, España y experto en derechos políticos y derecho electoral, puntualizó que negarle a los alcaldes la posibilidad de reelegirse para un periodo adicional, resultaría una medida abiertamente desproporcional para el ejercicio del derecho fundamental a ser votado, pues no resulta una medida legítima, idónea y necesaria para conseguir un fin constitucionalmente válido.
Por su parte, los expertos en derechos humanos, los Doctores en Derecho Joaquín A. Mejía Rivera y Claudia Hermannsdorfer, del Equipo De Reflexión, Investigación Y Comunicación ERIC-SJ, establecieron que el derecho a ser votado, en su modalidad de reelección, es un derecho fundamental que deviene trascendental para los sistemas representativos y democráticos, de ahí que los Tribunales nacionales deban de optar por maximizar su ejercicio.
Por su parte, el Grupo de investigación y formación de Derecho Público, Europeo y Comparado de la Universidad De Siena, liderado por la Doctora Andrea Pisaneschi, señaló que la Constitución Mexicana debe ser interpretada en el sentido que más favorezca a los derechos fundamentales de los ciudadanos, por lo que, la posibilidad de reelegirse en Coahuila, es una medida que se ajusta a esos estándares internacionales de protección de derechos humanos.
Finalmente, Armando Luna Canales, experto independiente en materia constitucional, señaló que la posibilidad de reelección se permite por los beneficios que concede a la ciudadanía profesionalizar la función pública y tener planes de gobierno pensados a largo plazo.