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martes 30 de junio de 2026

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Frena juez reforma eléctrica

Frena juez reforma eléctrica

Un juez federal suspendió hoy todos los efectos y consecuencias de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que entraron en vigor ayer, y que buscan dar prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las demás empresas del sector.

Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo Especializado en Competencia Económica, concedió la suspensión provisional en dos amparos promovidos por empresas privadas de energías renovables.

«La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LIE, publicado en el Diario Oficial el 9 de marzo de 2021», dice la resolución.

«A pesar de que (la suspensión) se solicitó solamente por una empresa, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado no solo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica sino que, además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar», agrega.

El Congreso y el Ejecutivo pueden impugnar la suspensiones provisionales mediante queja ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 hora para resolver.

Gómez Fierro decidirá en los próximos días si concede suspensiones definitivas, que congelarían los efectos de la reforma por tiempo indefinido.

Las suspensiones aclaran que sus efectos benefician a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y demás particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la LIE vigente hasta antes del 9 de marzo.

Si bien la oposición en el Congreso presentará acciones de inconstitucionalidad contra esta reforma ante la Suprema Corte de Justicia, el Ministro al que se turne el caso no puede conceder una suspensión para detenerla temporalmente, de ahí la importancia de la decisión del juez Gómez Fierro.

«Esta medida ya ha sido adoptada por este juez de Distrito en juicios de amparo en los que se han reclamado regulaciones similares a la legislación cuya suspensión se solicita, y se estima adecuada para proteger los derechos a la libre competencia y concurrencia en los mercados, no solo en su dimensión individual, sino también colectiva», explica el fallo.

El criterio del juez era previsible, pues tanto él como su colega Rodrigo de la Peza, han suspendido y/o declarado inconstitucionales las políticas del actual gobierno, que ha buscado revertir la reforma de 2014 en materia energética por medio de actos administrativos, sin modificar la Constitución.

Entre estos destaca la Política de Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de la Secretaría de Energía, cuyos puntos centrales fueron anulados por la Corte, solo para ser retomados en la reforma a la LIE que el Congreso aprobó a un mes de haber recibido una iniciativa preferente del Ejecutivo.

Los jueces también han fallado contra cambios a los Certificados de Energías Limpias; una orden del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) para no permitir la interconexión de nuevas centrales renovables; el aumento de tarifas de trasmisión que cobra CFE a productores privados conocido como «electrolinazo»; y la decisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de liberar a Pemex de reglas asimétricas en el mercado de gas LP, entre otras.

La reforma a la LIE ordena al Cenace dar prioridad en el despacho a la energía generada en plantas de la CFE, incluidas las que queman carbón y combustóleo, dejando al final la energía generada por plantas privadas eólicas, solares y de ciclo combinado.

Además, se advierte que se renegociarán o cancelarán los contratos con productores privados que construyeron plantas para vender solo a CFE, si no son rentables para el Estado, y que se revocarán los permisos de autoabastecimiento obtenidos «en fraude a la ley».

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