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viernes 12 de septiembre de 2025

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Acota jueza compra de medicamentos en extranjero

Acota jueza compra de medicamentos en extranjero

Una jueza federal resolvió que el Gobierno no puede hacer todas sus compras de medicamentos e insumos médicos por medio de organismos internacionales, sino que dicha modalidad debe ser excepcional y cuando solo existan proveedores de otros países.

Yadira Medina Alcántara, jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa, concedió el 26 de marzo el primer amparo contra la reforma de agosto de 2020, por la cual el Congreso exceptuó de la Ley de Adquisiciones las compras que se hagan por medio de dichos organismos.

La reforma fue el paso previo para poner las compras consolidadas de medicamentos en manos de la Oficina de Servicios para Proyectos de la ONU (UNOPS), que tramita seis licitaciones para 2021 desde hace más de cuatro meses.

La jueza, a la que en febrero fueron asignados los más de veinte amparos de la industria nacional contra esta reforma, no la declaró inconstitucional, sino que hizo una interpretación conforme, para dejarla como un mecanismo aplicable solo en casos urgentes, que consideró justificados en escenarios como el de la pandemia por Covid-19.

La sentencia de Mena no surte efectos por ahora, sino que será revisada por la Suprema Corte de Justicia, pues se trata de una ley federal sobre la cual no hay precedentes.

“Cuando el Estado considere indispensable una proveeduría de medicamentos, insumos o servicios médicos, deberá analizar si dentro de la industria nacional existen personas en la rama que puedan participar, caso en el cual, para solventar los principios de eficacia, eficiencia y honradez, deberá verificarse la regla general de licitación pública; con excepción de aquellos en los cuales se genera la necesidad de una adjudicación directa o invitación restringida, o bien, del propio procedimiento analizado”, afirmó la jueza.

“Y solo ante el evento de que, previa valoración del propio Estado, solo existan proveedores extranjeros que puedan prestar el objeto indispensable para la licitación pública, podrá aplicarse por excepción el procedimiento de adjudicación contenido en el artículo reclamado”, agregó, al amparar a la empresa Concentradora en Tecnología Hospitalaria.

Las licitaciones de UNOPS sí han permitido la participación de empresas nacionales, que en febrero presentaron la mayoría de las ofertas para medicamentos e insumos, pero que no contarán con los recursos de impugnación de la Ley de Adquisiciones para cuestionar los fallos del organismo internacional.

Ante el retraso de UNOPS, ahora el ISSSTE pretende comprar directamente a una empresa de la India 47 millones de piezas de 158 claves de fármacos, según informó el 8 de abril la Asociación Mexicana de Laboratorios Farmacéuticos (Amalaf).

La Amalaf, la Asociación Nacional de Fabricantes de Medicamentos (Anafam) y la empresa alemana Bayer, entre otros, presentaron en marzo amparos para impugnar el acuerdo del pasado 18 de noviembre, por el cual la Secretaría de Salud otorga el registro sanitario a fármacos e insumos importados en máximo cinco días hábiles, en contraste con los 6 a 8 meses para el registro de productos nacionales.

El párrafo cuestionado:

Artículo 1, párrafo quinto de la Ley de Adquisiciones, vigente desde el 12 de agosto de 2020:

Queda exceptuada de la aplicación de la presente Ley, la adquisición de bienes o prestación de servicios para la salud que contraten las dependencias y/o entidades con organismos intergubernamentales internacionales, a través de mecanismos de colaboración previamente establecidos, siempre que se acredite la aplicación de los principios previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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