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Frena Corte difusión de contrato para vacuna Sputnik-V

Frena Corte difusión de contrato para vacuna Sputnik-V

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió, por tiempo indefinido, la difusión de una versión pública del contrato firmado por el Gobierno mexicano para comprar la vacuna rusa Sputnik-V contra Covid-19, así como de los argumentos que fundamentaron la reserva parcial de datos en las versiones ya dadas a conocer de los acuerdos para las demás vacunas.

La Corte admitió este martes un recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal para impugnar la resolución 3310/2021 del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), que se considera «pone en peligro» la seguridad nacional.

El Presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, concedió en automático la suspensión, pues así lo ordena la Ley General de Transparencia, que faculta a la Consejería para cuestionar órdenes de entrega de información del INAI que, a su juicio, pueden afectar esa seguridad.

El asunto fue turnado al Ministro Jorge Pardo para que elabore el proyecto respectivo, y podría pasar más de un año para que el Pleno de la Corte resuelva el caso.

En marzo de 2021, la Secretaría de Salud había clasificado todos los contratos para compra de vacunas como información reservada durante cinco años.

Pero el 13 de abril, el INAI ordenó difundir versiones públicas, lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) cumplió en el caso de las vacunas de Pfizer-BioNtech, CanSino, Sinovac y AstraZeneca, así como del mecanismo Covax de Naciones Unidas.

En el caso de Sputnik-V, sin embargo, se argumentó que no había autorización de la farmacéutica Human Veccine para difundir ni siquiera una versión pública, y que de hacerlo, se pondría en riesgo el suministro de esta vacuna, que a estas alturas representa solo 8 por ciento de las 46.2 millones de dosis que han llegado al País.

También se alegó que el Gobierno sigue en negociaciones con la empresa para que cumpla la entrega de todas las dosis pactadas, amén que se prevé que Sputnik-V será envasada en México.

El caso regresó al INAI, que el pasado 19 de mayo dictó, por unanimidad, dos órdenes distintas, que ahora están suspendidas.

Por una parte, ordenó entregar copia del acta del Comité de Transparencia de la Secretaría de Salud que contenga los argumentos para justificar la reserva parcial que se hizo en las versiones públicas de los contratos con las demás farmacéuticas.

También dispuso difundir una versión del contrato de Sputnik-V de la que se pueden censurar múltiples datos, entre ellos precios, costos, detalles y calidad del producto, entregas, garantías, pedidos, facturación, pagos, consecuencias de incumplimiento, y secretos comerciales e industriales.

Pese a esta censura extensiva, el Ejecutivo consideró necesario frenar la orden del INAI y someterla a revisión de la Corte.

Es el tercer recurso de revisión por seguridad nacional que se promueve en lo que va del sexenio, y ninguno de los dos previos ha sido resuelto.

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