Si presentaste tu declaración anual en lo que va de este mes ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y tienes saldo a favor, puedes solicitar la devolución de este dinero y recibirlo en menos de 10 días.
Es el caso de Estefanía Muñoz, quien en las primeras horas del 1 de este mes hizo su declaración en la que obtuvo un saldo a favor de 6 mil 742 pesos, por lo que solicitó una devolución y solamente tres días hábiles después ya tenía el dinero en su cuenta bancaria.
«Me sorprendió mucho la rapidez y la verdad es que creo que el SAT funciona bien en ese caso», comentó.
Además, relató que no tardó más de siete minutos en presentar la declaración ya que prácticamente todas sus facturas estaban precargadas, lo cual facilitó el proceso.
Esta fue la tercera vez que Muñoz hizo su declaración porque anualmente incurre en gastos médicos (debido a un padecimiento médico que tiene), paga un plan personal de retiro y un excedente de su seguro de gastos médicos mayores, mismos que puede deducir.
Las personas físicas que este mes presentan la declaración anual del ejercicio fiscal 2021 (en la que dan a conocer gastos e impuestos) pueden tener saldo a favor, es decir, cuando al efectuar el cálculo de los impuestos, resulta que pagaron más de lo que debían, por lo que el fisco les da la alternativa de solicitar que esa cantidad les sea devuelta.
Daniel Lázaro presentó su declaración anual el 1 de abril y pidió que el saldo a favor que obtuvo, de 6 mil pesos, le fuera devuelto.
Él también recibió el dinero en su cuenta bancaria sólo tres días hábiles después de que declarara.
«Ya llevo 4 años presentándola, siempre me devuelven dinero y es fácil, por eso la presenté (este año)», dijo.
El plazo para las devoluciones automáticas puede ser de 10 días hábiles una vez presentada la declaración anual, aunque por reglamento el tiempo establecido es de hasta 40 días hábiles, según la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.
Si el saldo a favor es menor a 10 mil pesos podrá solicitar una devolución automática para lo cual debe contar con una cuenta a la que le puedan depositar este dinero.
En este paso es necesario otorgar la clabe interbancaria vigente de la cuenta a la que se hará el depósito.
Sin embargo, si la devolución supera los 10 mil pesos y es menor a los 150 mil pesos, la declaración se debe hacer con firma electrónica (e.firma).
Cuando excede los 150 mil pesos, la devolución solamente se puede solicitar mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED) que es usado para estos casos y donde se requiere el uso de la e.firma.