Denunciada por vecinos en 2018 como una obra irregular, el edificio de Cerrada de San Borja 39, en la Colonia del Valle, fue objeto de la custodia de los folios. Sin embargo, cuatro años después el inmueble fue concluido, comercializado y habitado.
El edificio excedía los cuatro pisos permitidos por la normatividad. Derivado de esto, en una resolución del 13 de diciembre de 2018, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) impuso sanciones.
«Imponer las medidas cautelares y sanciones aplicables, así como considerar la demolición de dos niveles de alturas excedentes», agregó el Instituto de Verificación Administrativa (Invea).
Después de un juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), la PAOT tuvo que aceptar que el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (RPPC) anulara la custodia de folios, lo que permitió la venta de los departamentos.
De acuerdo con Obra Chueca, la custodia de folios es una figura jurídica implementada por la autoridad como medida cautelar a partir de la detección de errores o irregularidades en los asientos registrales, que eran aprovechados por desarrolladores para su beneficio.
Sin embargo, en algunos casos fue burlada.
De 2014 a 2022, la PAOT pidió al RPPC que custodiara 105 folios reales, para impedir la comercialización de obras denunciadas por carecer de permisos.
En 15 casos, los folios fueron liberados, lo que permitió al constructor vender los departamentos, por lo general, edificados con niveles por encima de los permitidos.
«De 2014 a 2018 se custodiaron 31 folios y de esos ya se levantaron en definitiva 13 custodias», informó la titular de la PAOT, Mariana Boy.
En tanto, de 2019 a 2022 se gestionó la retención de 74 folios, de modo que los notarios públicos quedaban imposibilitados de gestionar alguna operación de compra-venta.
Los constructores impugnaron en 10 casos; en dos, la PAOT tuvo que desistirse de la medida precautoria y los folios se liberaron.
En uno de los litigios, el desarrollador acreditó que no fue notificado de manera personal, por lo que se violó la garantía de audiencia.
Al recibir denuncias ciudadanas, la PAOT dirige la medida precautoria al domicilio y no a la persona, explicó Boy.
Pero este argumento y el carácter de representante de la sociedad son ignorados por algunos jueces, que han avalado que por aspectos de procedimiento se supriman las sanciones, planteó Boy.
En casos como Baja California 370, en la Colonia Hipódromo, la custodia fue retirada después de que el constructor demolió siete niveles excedentes.