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martes 7 de julio de 2026

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Corrige Sonora: ‘Ley Ingrid’, solo para funcionarios

Corrige Sonora: ‘Ley Ingrid’, solo para funcionarios

El Congreso de Sonora realizará ajustes a la reforma hecha al artículo 167 Quarter de Código Penal, en el que se penalizaba con cárcel documentar o difundir imágenes de cadáveres, por lo que ahora solo contemplará a funcionarios públicos, aseguró el Gobernador, Alfonso Durazo.

«La próxima semana se entregará al Congreso local la reforma a la «Ley Ingrid», para acotar que las sanciones que dispone van dirigidas específicamente a servidores públicos que filtren imágenes de personas fallecidas relacionadas con investigaciones judiciales.

«Reitero que en ningún momento se contempló la aplicación de sanciones por el ejercicio de la libertad de expresión de los medios de comunicación y periodistas, ni en contra de grupos dedicados a la búsqueda de personas desaparecidas», manifestó esta mañana.

Fue el pasado 6 de junio cuando se asentó en la Gaceta Oficial del Estado que a quienes se les comprobara haber difundido material relacionado con cadáveres o muertes violentas sería castigado con hasta 10 años en prisión.

La ley generó reacciones entre asociaciones y colectivos de búsqueda de personas desaparecidas en el Estado, quienes reprocharon la censura a una de las herramientas que tienen para identificar cuerpos.

Cecilia Salgado, fundadora del Colectivo Buscadoras por la Paz en Hermosillo, negó que esta reforma vaya a frenar o detener las labores de búsqueda e identificación de personas, que muchas veces logra llevarse a cabo a través de imágenes fotográficas.

«Nosotros vamos a mostrar lo que necesitamos mostrar para que la gente se entere de lo que encontramos, ya sea tatuajes, ya sea ropa y pues que tope donde tenga que topar, porque como familiares de desaparecidos necesitamos enterarnos, si necesitan el ‘aquí no pasa nada’, no, no, no, sí pasa y vemos como que es diario las desapariciones y no podemos tapar al sol con un dedo», dijo a REFORMA el pasado mes de junio.

Al respecto, representantes de Propuesta Cívica, Reporteros Sin Fronteras,el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) y Artículo 19 coincidieron en que la reforma atentaba contra la libertad de expresión y el ejercicio periodístico.

«No busca proteger a las víctimas, tiene una intención más de censurar, en este caso por la vía penal, la publicación de hechos o situaciones», alertó Balbina Flores, representante en México de Reporteros sin Fronteras.

¿Qué dice la ley?

Las modificaciones hechas a inicios de junio al artículo 167 se llevaron a cabo para penalizar a quien audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal.

Además, no se podrán exhibir las circunstancias de la muerte o de las lesiones que los cuerpos éstos presenten, sea en el lugar de los hechos o del hallazgo o en cualquier domicilio público o privado.

Las penas van de 4 a 10 años de prisión y multa por un importe equivalente de 100 a 150 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.

Se le conoció como «Ley Ingrid» por tener su origen en Ingrid Escamilla, una joven asesinada en 2020 cuyas fotografías post mortem fueron filtradas a medios de comunicación por funcionarios, lo que provocó indignación en el País.

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