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viernes 24 de julio de 2026

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Revisan modelo de créditos de Infonavit

Revisan modelo de créditos de Infonavit

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará si el Infonavit viola derechos humanos con su nuevo modelo para autorizar créditos para vivienda, conocido como T-1000, que empezó a operar en mayo de 2021.

La segunda sala de la Corte admitió a trámite a finales de junio, y turnó al Ministro Javier Laynez, el primero de varios amparos que alegan que el nuevo modelo dificulta aún más a los trabajadores acceder al crédito del Infonavit, lo que violaría su derecho de acceso a vivienda que la Constitución describe como «cómoda e higiénica», mediante financiamiento «barato».

De acuerdo con cifras de la Sedatu, de enero a abril pasados, el Infonavit entregó 80 mil 717 créditos para vivienda nueva y usada, lo que representó una disminución anual del 16 por ciento y el volumen más bajo para un mismo periodo desde el 2013, última fecha de la que existe registro publicado.

El modelo T-1000 requiere que el trabajador sume un mínimo de mil 80 puntos, en vez de los 116 del modelo previo, tomando en cuenta variables como la edad, ahorros, estabilidad laboral y pagos de cuotas la empresa empleadora, entre otros.

Cuando anunció el nuevo modelo, el Infonavit aseguró que éste permitiría a 1.7 millones de personas adicionales acceder a un crédito, pero desarrolladores inmobiliarios afirmaron que el T-1000 está sacando a derechohabientes del perfil necesario.

El caso que revisará la Corte tiene como antecedente la suspensión que un juez federal concedió a Raquel Maldonado para que no se le aplicara el T-1000, pero al dictar sentencia sobre el fondo del asunto, el juzgador resolvió que las personas sólo pueden impugnar dicho modelo si piden un crédito y el Infonavit lo niega.

El pasado 13 de mayo, sin embargo, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo resolvió que el modelo T-1000 sí afecta a los trabajadores por su sola entrada en vigor, sin requerir que exista una solicitud formal de crédito.

«A partir del momento en que entró en vigor la norma impugnada, efectivamente su situación jurídica fue afectada, ante la modificación de criterios para acceder a un crédito de vivienda», afirmó el tribual, al destacar que no tenía caso que Maldonado solicitara el préstamo, porque sólo tenía mil 30 de los mil 80 puntos requeridos.

El mismo tribunal fue el que decidió enviar el caso a la Corte, pues se alegan violaciones a la Constitución y tratados internacionales, aunque por tratarse de una norma administrativa interna del Infonavit, y no de una ley o reglamento, no es seguro que los Ministros se pronuncien sobre el tema.

En 2016, dos de los cinco Ministros de la primera sala de la Corte votaron por declarar inconstitucional el artículo 44 de la Ley del Infonavit, que prevé un esquema de cobro de interés simple y compuesto, por el cual estos créditos hipotecarios terminan siendo más caros que los de la banca comercial.

En ese entonces, se buscó fallar contra la actualización de saldos de los préstamos, por atentar contra la obligación constitucional del Estado de proveer «crédito barato» para vivienda; sin embargo, el proyecto no prosperó.

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