Alexis Massieu
Un duro revés legal sufrió la Comisión Federal de Electricidad el día de ayer cuando el Juzgado Federal donde solicitó un amparo en contra de Administrador Local de Fiscalización de Monclova de la Administración Fiscal General del Estado, le negó una suspensión definitiva respecto del cobro del impuesto sobre nómina, respecto de lo cual alega se está incumpliendo con un convenio celebrado en 1998.
Fue el día de ayer que tras celebrarse una audiencia de tipo incidental el pasado lunes, la titular del Juzgado Cuarto de Distrito le negó por segunda ocasión la suspensión del acto de autoridad que no es otra cosa que el cobro del ISN.
La primera vez que se le negó la suspensión, es decir, ordenar a la autoridad fiscal estatal que cese con su procedimiento administrativo de cobro, fue tras presentar la CFE la demanda de amparo, donde de inmediato se le explicó que de conceder dicha suspensión se podía afectar el bien o el interés público.
La segunda negativa ya no se trató de resolver una suspensión de tipo provisional respecto del acto reclamado, sino de una de carácter definitiva, la cual le fue negada, por lo que hasta en tanto, no se resuelva el juicio de amparo, no se sabrá si la CFE tiene la razón en cuanto a que no está obligada a pagar el referido impuesto como pretende el Gobierno del Estado, ello con base a un convenio firmado hace 24 años.
Será para el día primero de febrero que se llevará a cabo la audiencia principal dentro del juicio de amparo 1062/2022, donde se decidirá si se ha violado algún derecho de los que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al momento de cobrarle el impuesto sobre nómina a la CFE.