REGIÓN CARBONÍFERA. – Un juzgado federal resolvió que la CFE no está obligada a mantener activo el servicio de energía eléctrica en la empresa Minera del Norte, por el simple hecho de haber entrado en un concurso mercantil, siendo una de sus obligaciones pagar por el servicio para que le sea suministrado, y cuidar con ello de la masa concursal que son todos los bienes de su propiedad con los que se va a pagar a los acreedores.
Fue tras la presentación de un escrito registrado con el folio 1435, en el expediente 77/2022, del Juzgado Segundo de Distrito especializado en concursos mercantiles, radicado en la Ciudad de México, que se le planteó al juez federal por parte de la representación legal de MINOSA, que con el corte de luz se estaban violando las medidas precautorias que él dispuso para preservar la empresa que es la garantía de pago a los acreedores.
“Se solicita que se le gire oficio a la Comisión Federal de Electricidad Suministrador de Servicios Básicos, para que se le informe el cumplimiento que debe dar a las citadas medidas, para que se abstenga de cortar el suministro de energía a la comerciante, o proceda al retiro de medidores de energía eléctrica, con el apercibimiento de ley para el caso de desobediencia”, indicaron los abogados en el escrito.
El juez señaló a los abogados de MINOSA, que no les asistía la razón, ya que al momento de decretar las medidas precautorias con motivo del inicio del concurso, se hizo referencia a aquellos actos que impliquen una retención, despojo, secuestro o embargo, de los derechos, activos fijos y no fijos con los que la comerciante cuenta, incluidos los contratos de proveeduría (CFE), sin que ello, excluya la obligación de pago, tanto de las rentas como de los bienes y servicios contratados, por tratarse de gastos propios para la operación ordinaria de la comerciante.
Por esos motivos a la Minera del Norte se le dijo, que no ha lugar a sus pretensiones, y mientras no pague o llegue a un acuerdo con la Comisión Federal de Electricidad, seguirá sin el servicio de energía eléctrica, ya que el haber entrado en concurso mercantil, no la exime de hacer los gastos necesarios para el mantenimiento y la preservación de sus bienes.