El abogado laboralista Daniel González expresó que los demandantes no pueden disponer de los bienes porque la dependencia no lo autoriza
Después de litigios tediosos de hasta seis años de duración en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, los demandantes no pueden secuestrar bienes para remate porque la dependencia no los autoriza, no se hace cumplir la ley, manifestó Daniel González Méndez, dirigente del Foro de Abogados.
Dijo que igual sucede con el caso de los laudos donde tienen que esperar los demandantes muchos años para su conclusión, aunque una vez que termina con el laudo condenatorio, sale prácticamente lo mismo. Indicó que es rara la audiencia que se lleva a cabo en Conciliación y Arbitraje en una desesperación extrema.
“Se ordena el embargo, pero no el secuestro de bienes que garanticen el cumplimiento del laudo, un grupo de abogados ha hecho esta observación, no se sabe por qué, tal vez debido a que las autoridades laborales quieren prolongar aún más su estancia en el empleo, tomando en cuenta que la JLCA desaparecerá con la conclusión del último expediente que ahí se ventile”, dijo.
El litigante laboralista, dijo que es necesario que intervenga la alta autoridad de la Secretaría de Trabajo en el Estado porque la Junta Local de Conciliación y Arbitraje no puede seguir obstruyendo la conclusión de los litigios, sea dictando laudos o embargos tramitado por los demandantes, las audiencias son bastante lejanas, hay una paralización de labores”, indicó-
Es decir, recalcó, no es justo que los trabajadores demandantes tengan que esperar hasta seis años de litigios para obtener un laudo condenatorio, ya que no se ejecuta el secuestro de bienes como lo establece la Ley Federal de Trabajo cuando los patrones se rehúsan a pagar, entonces el riesgo de esperar muchos años más es latente.