Alexis Massieu
A 6 meses de ocurridos los hechos, en los que junto a su hermano atacó con un pica-hielo, a uno de sus vecinos en la colonia Libertad, en el municipio de Castaños, Ismael Jacob “N”, fue llevado ante un juez penal el día de ayer, para iniciar con el proceso legal en su contra.
Según la acusación hecha por el Ministerio Publico, todo ocurrió el 31 de diciembre del año pasado, cerca de la medianoche, cuando el afectado, Pablo Antonio “N”, se encontraba en su domicilio de la calle 16 de septiembre, y repentinamente, se escuchó un fuerte ruido en el exterior.
El afectado no supo de qué se trataba, y cómo sabía que sus vecinos andaban tomados, no quiso arriesgarse y permaneció dentro durante algún tiempo más, ya que estaba acompañado por una amiga de nombre Arely.
Momentos más tarde, cuando la visitante se tenía que retirar, Pablo Antonio salió a la calle para despedirla, y fue entonces, que vio que el ruido que se había escuchado, era porque le habían quebrado el cristal trasero de un automóvil que tenía en su casa, pero que no era de su propiedad, sino que lo estaba arreglando.
El afectado fue a reclamarle a Ismael Jacob “N”, y su hermano de nombre Miguel Ángel, los daños que con una piedra le habían ocasionado, y entonces comenzaron a golpearlo, sacando uno de ellos, un pica-hielo con el que lograron herirlo en la cabeza, la nuca y en el cuello, por suerte no de gravedad.
Pablo Antonio “N”, logró refugiarse en su casa, y en consecuencia, empezaron a lanzarle piedras al domicilio, rompiendo el cristal de una de las ventanas, hechos que fue reportado a la policía por la amiga del afectado, llegando una patrulla y una ambulancia.
Cuando llegó el turno de contestar la imputación hecha por la abogada de la Fiscalía, por el delito de lesiones leves calificadas por ventaja, por consejo de su abogado, Ismael Jacob “N”, decidió guardar silencio, y pedir 144 horas para conseguir pruebas con las cuales demostrar su inocencia.
Pese a que se empleó un arma para ocasionar las lesiones que por suerte no tardaron más de 60 días en sanar, el juzgador consideró que no era aplicable como medida cautelar, la prisión preventiva justificada, sino una orden de restricción para que el imputado no se acerque a la víctima ni a su domicilio, al menos mientras se decide si lo van a vincular o no a proceso.
Publicado por Mauricio




