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lunes 14 de julio de 2025

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No apelará AHMSA Concurso Mercantil

No apelará AHMSA Concurso Mercantil

Alberto Rojas Carrizales

Los nuevos inversionistas de Altos Hornos de México ven con agrado el resolutivo del Magistrado Hiradier Huerta Rodríguez consistente en que la insolvencia financiera de la acerera será ventilada en un Juzgado de Distrito en Concurso Mercantil, no habrá apelaciones ni amparos de la empresa, el dictamen agilizará la solución al estancamiento, informaron fuentes bien enteradas.

En Concurso Mercantil, añadieron, -serán más fáciles las operaciones financieras, las negociaciones más rápidas, y propiciará mayor atención del Gobierno Federal para que defina respecto a los planteamientos expuestos por los inversionistas de Argentem Creek consistente esencialmente en tres puntos.

1.- Reestructura de la deuda de Altos Hornos de México con el sector público como IMSS, SAT, Infonavit, IMSS, Pemex, y Comisión Federal de Electricidad que rebasan los 4 mil millones de pesos.

2.-Posponer para el año 2024 el pago del acuerdo reparatorio por el caso Agronitrogenados, y 3.—Eliminar las denuncias de operaciones con recursos de procedencia ilícita porque impiden el ingreso de financiamiento en Altos Hornos de México-

Afirmaron que con el trasvase del caso judicial de AHMSA del Juzgado Primero de lo Civil del Poder Judicial del Estado a cargo de Mónica Rodríguez al Juzgado de Distrito en Concurso Mercantil desaparece la figura del síndico que era Tomás Arellano, y ahora entrará en funciones el conciliador Víctor Manuel Aguilera Gómez con personalidad federal-.

El 30 de enero anterior, el Juzgado Primero de lo Civil determinó sentenció la quiebra de Altos Hornos de México algunos acreedores apelaron ante el Tribunal Unitario donde ayer el magistrado del Tribunal Superior de Justicia, Hiradier Huerta determinó que es insubsistente ese resolutivo de inicio de año.

Se reiteró a través de fuentes bien enteradas que Altos Hornos de México no ejercería apelación ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia en el Estado, ni recurso de amparo directo ante el Tribunal Colegiado del Octavo Circuito del Poder Judicial de la Federación, estimándose que tampoco lo harían los acreedores.

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