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miércoles 22 de julio de 2026

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Disminuye el interés por dejar testamento

Disminuye el interés por dejar testamento

Durante la pandemia el número de testamentos aumentó 35%, pero hoy se firman menos.

EL ECONOMISTA. Los conflictos familiares por la herencia son comunes, especialmente cuando no existe un testamento. Aunque es una de las formas más sencillas de garantizar que los bienes se distribuyan según los deseos del testador, muchas personas no lo tienen.

En México sólo 7% de la población cuenta con este documento. Guadalupe Díaz Carranza, presidenta del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, comentó a este espacio que durante la pandemia hubo un incremento de 35% en el número de testamentos, no obstante, tras el regreso a la normalidad, los usuarios disminuyeron su interés, por lo que las cifras aún son bajas.

Pero, ¿por qué es importante dejar un testamento?, éste es un documento legal mediante el cual una persona, el testador, expresa sus deseos en cuanto a la distribución de sus bienes y derechos después de su muerte.

Es decir que no sólo es la forma precisa de indicar cómo se desea distribuir el patrimonio formado a lo largo de los años, sino también en caso de existir menores de edad designar los tutores que podrían cuidar de ellos, incluso se pueden utilizar los recursos para la manutención de alguna mascota al nombrar a una persona física o moral que reciba parte de los bienes con esa encomienda.

El costo por redactar un testamento asciende a 3,000 pesos, en promedio, dependiendo la entidad federativa, el monto puede ser menor si se aprovecha las campañas de concientización como “El mes del testamento”, que se lleva a cabo durante este mes o algunas otras jornadas notariales en las que disminuyen el monto a pagar por honorarios.

Sucesión intestamentaria

En caso de no contar con un testamento, los familiares deberán iniciar un proceso de sucesión intestamentaria de bienes.

En una sucesión intestamentaria las personas que reclaman la herencia deberán atravesar cuatro etapas: el nombramiento de los herederos y el albacea, el inventario y valoración de los bienes, además de la administración y partición de los bienes, el proceso puede durar más de dos años, en los que existe un desgaste económico.

“No dejar un testamento implica un desgaste emocional y económico para las familias, porque tendrían que acudir a un juzgado por una sucesión intestamentaria. Suponiendo que no exista disputa entre las personas con derecho a heredar serán, al menos, dos años de litigio, pero si existen inconformidades son juicios que pueden durar varios años y al final la forma en la que se repartirán los bienes será bajo el criterio de un juez”, comentó Guadalupe Díaz Carranza.

Quién puede hacer un testamento

Cualquier persona puede realizar un testamento siempre que la ley no prohíba expresamente el ejercicio de ese derecho.

¿Qué pasa con las personas con discapacidad?, la presidenta del Colegio Nacional del Notariado Mexicano explicó que mientras no se encuentre comprometida la capacidad mental de la persona que está otorgando el testamento no debería existir problema, y en todo caso es el notario el que puede, a través de diversos estudios y peritos, designar si se otorga o no el testamento.

“En el caso de personas con discapacidad visual o auditiva pueden dejar un testamento, en algunas entidades la misma legislación del notariado prevé que se presenten testigos y en los casos particulares pueden ser acompañados de un intérprete para asegurar que la persona manifieste su voluntad”, explicó.

De acuerdo con Guadalupe Díaz Carranza, en este tipo de casos, ni los testigos, personal de asistencia o intérprete pueden ser parte de quienes recibirán o administrarán la masa hereditaria.

Cualquier persona para hacer un testamento, debe acudir a su notaría con una identificación vigente, datos generales y manifestar su voluntad ante el notario. Si existe alguna discapacidad el notario va a asegurarse de que la persona cuente con capacidad de manifestar su voluntad”, comentó.

La experta detalló que en cualquier caso, los costos no varían por tener una discapacidad, sino de acuerdo con la entidad federativa debido al tipo de arancel.

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