El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Toluca determinó que se debe modificar la sentencia de Mario Aburto, homicida de Luis Donaldo Colosio
Por Staff
Excelsior
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Toluca invalidó la condena de 45 años de prisión que pesa sobre Mario Aburto por el homicidio del candidato a la Presidencia, Luis Donaldo Colosio.
Durante la resolución del Tribunal Colegiado el magistrado Rubén Arturo Sánchez y el secretario en funciones de magistrado Luis Alberto Castro Velázquez; además del voto particular en contra del magistrado José Pablo Pérez Villalba, se determinó que se emita una nueva resolución, en la que se determine la pena por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía contemplada en el Código Penal del Estado de Baja California.
Cabe destacar que el Código Penal de Baja California indica que la pena máxima por homicidio es de 16 a 30 años de prisión, de esta forma Mario Aburto podría quedar libre el 23 de marzo de 2024; sin embargo, falta la resolución del juzgador y si saber si la Fiscalía General de la República (FGR), no se opone al cambio de sentencia.
La lista del acuerdo publicado este viernes 6 de octubre del presente año, el Colegiado concedió un amparo a efectos a Mario Aburto. Quién tuvo una violación a su proceso. La autoridad responsable habrá de dar vista al Ministerio Público de su adscripción con las manifestaciones de tortura.
“Lo cierto es que existen otras pruebas que el Tribunal Colegiado de Apelación debe de tomar en consideración para resolver acerca de los delitos u la responsabilidad penal del quejoso en su comisión, de manera que la exclusión probatoria derivada de posibles actos de tortura no se traduciría en un potencial beneficio para el quejoso ante la existencia de un cúmulo probatorio que de ser apto para demostrar los extremos de la condena”, se lee en la sentencia.
De acuerdo con la sentencia, al abrir la carpeta de investigación, el Ministerio Público no pidió la integración del expediente a la entonces Procuraduría de Justicia de Baja California por el delito de homicidio. Según el fallo, Mario Aburto no tuvo una defensa apegada a derecho y el juez de inicio (hoy control), omitió pruebas presentadas por la defensa de tal manera que no se le dio un proceso justo al inculpado.
La sentencia del Tribunal Colegiado exhortó al Tribunal de Apelación a analizar las pruebas y reparar los daños causados contra el acusado directo del homicidio de Luis Donaldo Colosio.
“A juicio de este tribunal revisor, la violación procesal que genera mayor beneficio al quejoso es aquella que tiene por efecto la traslación normativa del ilícito del fuero federal a la ley local vigente en el lugar y la época de los hechos, pues ello pudiera tener una incidencia directa en el derecho fundamental a la libertad personal, y por lo mismo, es necesario que dicha violación sea reparada en la propia sentencia que emita el Tribunal Colegiado de Apelación en cumplimiento al fallo protector”
Algo que destaca la sentencia emitida este viernes por el Tribunal Colegiado, es la posible fabricación de pruebas en contra de Mario Aburto, sin embargo, reconoce que no es el tema central de estudio.
“De manera que, en todo caso, para resolver el fondo de la controversia, el tribunal responsable válidamente pudiera prescindir de esas pruebas posiblemente afectadas de ilicitud al ser obtenidas con motivo de actos de tortura, y resolver sobre la existencia de los delitos y la responsabilidad penal del justiciable en su comisión con el restante material probatorio allegado a la causa penal. De ahí que, si bien es fundado el motivo de disenso 7, a la postre deviene inoperante, porque no se aprecia un beneficio para la situación jurídica del amparista”
Será en los próximos meses cuándo el juez de la causa de a conocer la nueva sentencia, esto dependerá de los movimientos legales que realice la Fiscalía General de la República de oponerse o no al amparo concedido contra Aburto Martínez, lo que significa que no es un hecho que salga libre.