El Poder Judicial de NL otorgó una suspensión que deja sin efecto la licencia concedida por el Congreso a Samuel García, quien no podrá separarse de su cargo, ni salir del estado.
Por Agencias
La Prensa
El Poder Judicial de Nuevo León otorgó una suspensión que deja sin efecto la licencia concedida por el Congreso al emecista, Samuel García, quien no podrá separarse de su cargo, ni salir del estado hasta que no asuma el gobernador interino designado por el Legislativo.
La suspensión deriva de una controversia de inconstitucionalidad presentada por el Congreso, en el marco de la disputa que mantiene el Legislativo con el Ejecutivo por el tema de la designación de la persona que se quedará al frente del estado, mientras García busca contender por la presidencia de México.
Sin embargo, para ser elegible el jefe del ejecutivo estatal debe de estar separado de su cargo seis meses antes de la votación del próximo 2 de junio, lo que obligaría que su licencia debe de entrar en vigor mañana tal y como está aprobada.
No obstante, ante la inconformidad de García para dejar en el cargo de interino al ex vicefiscal Luis Enrique Orozco se presentó la controversia que ahora estaría dejando sin efecto la licencia.
“Se concede la suspensión de los actos reclamados, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que guardaba hasta antes de la aprobación de la licencia del gobernador constitucional del estado de Nuevo León y no cobre vigencia la autorización de su ausencia en el cargo que ostenta, hasta en tanto no se surtan las siguientes condiciones”
1.- Que el Congreso del estado designe y tome protesta a la persona que debe ocupar interinamente la titularidad del Poder Ejecutivo del estado, durante el periodo en el que el gobernador constitucional del estado se ausente de sus funciones con motivo de la licencia que solicitó.
“Porque mientras no se surtan dichas condiciones, se ordena al Titular del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León que deberá abstenerse de abandonar sus funciones o el territorio del estado, sin causa justificada previamente calificada por este Tribunal Superior de Justicia, pues se reitera que hasta entonces estarán paralizados los efectos de la licencia que se le concedió”, destacó.
“Asimismo se concede la suspensión para el efecto de que no cobre vigencia ni la designación directa no el acuerdo publicado en el POENL, el 28 de noviembre de dos mil veintitrés, denominado “Acuerdo del Cual se Reasumen Funciones en Calidad de Gobernador Constitucional del estado de Nuevo León”, a través del cual el Titular del Poder Ejecutivo del Estado pretendió delegar en la persona del Secretario General de Gobierno las funciones de Gobernador Constitucional del Estado como Encargado del despacho”, resalta.
Además, la autoridad demandada deberá abstenerse de retardar, obstaculizar o impedir, por cualquier medio la entrada en funciones del gobernador interino que tenga a bien designar el poder accionante, así como el adecuado desempeño de su encargo.