Abogado hace la solicitud el juez, para evitar la declaración de quiebra y remate de activos de AHMSA
Alberto Rojas Carrizales
LA PRENSA
Al acercarse el agotamiento de la etapa conciliatoria del Concurso Mercantil entre AHMSA y acreedores, el abogado de la Coparmex local, Héctor Garza Martínez informó que solicitó por escrito al juez del proceso la certificación de la fecha de vencimiento de 185 días para tramitar la prórroga de 90 días, a efecto de evitar la declaración de quiebra y remate de activos.
-Sabemos que son 185 días naturales a partir de la última publicación de los edictos de la sentencia de Concurso Mercantil, pero es importante saber que sea la autoridad la que diga exactamente cuándo es porque yo podría tener una cuenta, el juez otro criterio, y también la contraparte- explicó el jurídico de acreedores locales adheridos a la Coparmex.
Agregó que se trate de que el juzgador certifique los tiempos, es decir, si en el término de la etapa conciliatoria de 185 días está incluyendo días naturales o únicamente hábiles, “el plazo está por terminar, pero necesitamos saber la fecha precisa para solicitar al Conciliador, Víctor Aguilera que tramite la primera prórroga de 90 días”, detalló el litigante.
Héctor Garza, expresó que el Conciliador es el único facultado para pedir prórroga de 90 días a la etapa de conciliación, “todos los acreedores debemos estar al pendiente de que la solicite, posteriormente los acreedores tenemos derecho de solicitar una segunda prórroga de 90 días con la representación del 75 por ciento de la masa de acreedores”, resaltó.
De no obtener la prórroga en la etapa a la etapa de conciliación, alertó el abogado, “entonces estaríamos entrando a la etapa de quiebra consistente en el remate, la venta de activos de Altos Hornos de México que a nadie conviene”.
“Tendremos que solicitar al Conciliador que gestione la prórroga, no podemos estar esperando a que el litigio llegue a su final porque todavía hay caminos por recorrer como son la primera y segunda prórroga esta última con la aprobación del 75 por ciento de la masa de acreedores por otros 90 días”, recalcó.
Necesitamos, continuó diciendo, “estar seguros de lo que sucederá, no especular, tener la certeza de la fecha de vencimiento de la etapa conciliatoria, yo podría tener una cuenta, pero el Juzgado otro criterio, o la contraparte, por eso solicitamos la certificación de los tiempos”.