El Juzgado Cuarto de Distrito le niega el amparo solicitado por el Ayuntamiento
Alexis Massieu
La Prensa
Debido a que su única finalidad era la de entorpecer la ejecución de la sentencia, en la que se condenó al municipio de Sacramento al pago de un millón de pesos, el Juzgado Cuarto de Distrito, no le concedió al Ayuntamiento el amparo que le solicitó, y ante lo cual, sus dos cuentas bancarias se le volverán a congelar.
Fue el día de ayer, que salió a relucir el contenido de la sentencia que se dictó en el juicio de amparo 485/2023, que se inició por parte de la Presidencia Municipal encabezada por la Alcaldesa Andrea Wendolin Ovalle Reyna, en contra de la orden de aseguramiento de las cuentas bancarias, que giró el Juzgado Segundo Civil en la ciudad de Monclova, el día 31 de mayo del año pasado.
La demanda de amparo fue presentada por el abogado del Ayuntamiento, el 12 junio del 2023, bajo el argumento, de que con el embargo de las cuentas bancarias, ordenado dentro del juicio civil 118/2023, se estaban violando los derechos de la ciudadanía, sin embargo, ese polémico punto, ya se había analizado y resuelto por un tribunal superior, el cual confirmó la sentencia de condena en contra del municipio de Sacramento.
En la sentencia del juicio de amparo, se aclaró, que el motivo por el que no se le dio la protección de la justicia federal al Ayuntamiento, fue porque, a 7 meses de ser presentada la demanda, se percataron de que era improcedente, no obstante de que hubieran suspendido el embargo de las cuentas bancarias durante más de medio año.
Como se recordará, el adeudo original que tiene el Ayuntamiento, es de 800 mil pesos con una empresaria local dueña de la única estación de gasolina que hay en el municipio, adeudo que generó intereses moratorios por 200 mil pesos más, que sumados dan un millón.
El referido adeudo, se adquirió dos administraciones antes, de la que actualmente encabeza Andrea Wendolin Ovalle Reyna, es decir; cuando la alcaldesa en turno era su propia hermana, quien tiene como suegros, a los propietarios de la referida gasolinería.
La demanda mercantil, se interpuso por parte de los propietarios de la estación de combustible, en el año 2020, durante la gestión de la Alcaldesa Yajaira Reyna Ramos, la cual no pagó el adeudo que se generó en los tiempos de su prima, la Presidenta municipal, Silvia Ovalle Reyna, hermana de la actual.
Tales han sido las repercusiones del adeudo que por un millón de pesos se fueron heredando de una administración a otra, que la actual alcaldesa protagonizó un altercado con su propia hermana, tras el cual, Silvia Ovalle Reyna, su suegro, también ex alcalde y otros familiares, fueron metidos a la cárcel municipal.
Cabe señalar, que ante la sentencia que dictó el juzgado federal el pasado día primero de febrero, los abogados del Ayuntamiento de Sacramento, pueden inconformándose ante un tribunal superior, alargando aún más, el pleito por le adeudo del millón de pesos, pese ya a que ya se les haya dado a conocer, el por qué, la demanda de amparo es improcedente.
CRONOLOGÍA DEL JUICIO Y EL EMBARGO
Para mejor comprensión, en este apartado se efectúa una breve reseña de las constancias que se estiman relevantes para resolver este asunto:
- El 31 de enero del 2020, la gasolinera demandó al Ayuntamiento de Sacramento, el pago de un adeudo de 800 mil pesos, adquirido presuntamente 2 años antes.
- El 5 de febrero del 2020, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova, admitió la demanda, dictando sentencia, el 28 de octubre del 2020, en la que condenó al municipio al pago, tanto del capital, como los intereses.
- Para el mes de noviembre del 2020, al estar inconformes con la sentencia, los abogados de Sacramento promovieron un juicio de amparo, en el que no se les dio la razón, y volvieron a condenarlos.
- El 23 de mayo del 2023, se estableció cuánto sería el pago por los intereses, (200 mil pesos), y se requirió al Ayuntamiento de Sacramento, para que de manera voluntaria pagara lo que debe, pero no lo hizo.
- El 31 de mayo del 2023, el juez civil ordenó la ejecución forzosa de la sentencia con el embargo de bienes propiedad de la Presidencia Municipal, y el 2 de junio de ese mismo año, un funcionario judicial fue a la Presidencia, donde no les ofrecieron bienes en garantía, y señalaron las 2 cuentas bancarias.
- Finalmente, el 5 de junio del año pasado, el juez civil le envió un oficio al banco, ordenando el aseguramiento de las cuentas, las cuales permanecieron congeladas por un breve tiempo, debido al amparo que solicitaron contra el embargo, y que finalmente les fue negado el pasado primero de febrero del 2024, por ser improcedente.