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Excluyen a invidente de la beca Bienestar

Excluyen a invidente de la beca Bienestar

Ante la tardanza para recibir la también llamada pensión, recurre a un amparo, para exigir respuesta a la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios

Alexis Massieu

La Prensa

Una demanda más en contra de las autoridades encargadas de autorizar la pensión del Bienestar, fue presentada por una mujer con discapacidad visual, que a 4 meses de haber tramitado su solicitud, no ha recibido respuesta alguna por parte de la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, en la Ciudad de México.

Se trata de la Señora María Castañeda, quien, según la demanda de amparo número 380/2024, presentó su solicitud de incorporación al programa de pensión para el bienestar de las personas con discapacidad, el pasado 12 de enero del 2024, y desde entonces no ha tenido ninguna respuesta.

En la demanda que se va a resolver en el juzgado federal local, el Cuarto de Distrito, la afectada señaló que fue diagnosticada con discapacidad visual permanente e irreversible por la ceguera total de uno de sus ojos, y la pérdida total del otro, esto, desde el mes de agosto del año 2021.

Si bien, la demanda que presentó la monclovense con capacidades diferentes, ya fue admitida, el proceso no dará comienzo hasta en tanto la quejosa, no realice algunas aclaraciones que le solicitó el juzgado, razón por la que se dejó pendiente el señalar la fecha y hora en que se llevará a cabo la audiencia principal.

Como se recordará, además de las personas adultas mayores y los jóvenes, quienes tienen alguna discapacidad, también tienen derecho a recibir una pensión de las que se otorgan a través de la secretaría del Bienestar, lo cual en fechas recientes ha dejado de funcionar, a tal grado de que los discapacitados, tienen que acudir a los juzgados en busca del amparo y protección de la justicia de la Unión.

Como se recordará, este matutino dio a conocer la semana pasada, que otra mujer de nombre María Margarita García, le ganó una demanda de amparo a la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, para que la inscriban y le den su pensión del bienestar por ser una persona con discapacidad, sin embargo, en lugar de acatar la orden judicial, la referida dependencia, solicitó la revisión de esa sentencia a un tribunal, para darle largas al asunto.

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