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Lluvia de apelaciones contra quiebra Minosa

Lluvia de apelaciones contra quiebra Minosa

Admiten recursos legales con los que se pretende echar abajo la decisión del Juzgador que lleva la causa del concurso mercantil

Alexis Massieu

La Prensa

Una lluvia de apelaciones en contra de la sentencia con la que se declaró en quiebra a la Minera del Norte, fueron admitidas el día de ayer, recursos legales con los que se pretende echar abajo la decisión que tomó el titular del Juzgado Segundo de Distrito en materia de concursos mercantiles, con residencia en la CDMX, el pasado 6 de mayo, y que fueron promovidas por MINOSA y varios de sus acreedores, incluyendo al más fuerte de ellos, Cargill Financial Services International INC.

La lluvia de apelaciones, según se dio a conocer dentro del juicio 77/2022, estuvo encabezada por la propia empresa subsidiaria de AHMSA, la cual pretende echar abajo esa resolución para que se dicte una sentencia diferente, pero además pretendía, que mientras se tomaba la decisión de cambiarla o no, se pusiera en “pausa” la subasta y el remate de sus bienes.

Sin embargo, para que la etapa de quiebra se congele, a la Minera del Norte se le tenía que admitir su apelación en dos sentidos, uno, para devolver las cosas a como estaban antes de la sentencia que la declaró en quiebra, y el otro, precisamente para evitar que siga avanzando, y esto último no lo aprobó el juez.

Por esa razón, es que MINOSA seguirá estando en la etapa de quiebra, con su Consejo de Administración arraigado, pero fuera de sus funciones, toda vez que la empresa fue dejada en manos del Síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez, antes conciliador.

Los abogados de Cargill, señalaron que la sentencia de quiebra es ilegal, porque por encima de la voluntad de la mayoría de los acreedores, de MINOSA, y del propio conciliador, el Juez no aprobó el convenio por temas meramente formales, contrariando lo que establece la Constitución sobre la solución efectiva de ese tipo de conflictos de interese social.

Los abogados de la Minera del Norte, señalaron por su parte, que la mera falta de firmas al margen de las hojas que componen el convenio, como motivo para desecharlo, evidencia la ilegalidad de la sentencia de quiebra, y se trata de una violación procesal irreparable, dado que la Ley de Concursos Mercantiles, en ningún momento exige las firmas al margen de las hojas del convenio concursal.

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