El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral señala que el Sindicato Democrático no acreditó la legitimidad de los contratos colectivos de las secciones 147 y 289
Alberto Rojas Carrizales
LA PRENSA
La justicia federal laboral denegó el emplazamiento a huelga interpuesto por el Sindicato Democrático contra AHMSA, por no acreditar la legitimidad de los contratos colectivos de trabajo de las secciones 147 y 288; al respecto el dirigente Ismael Leija, señaló que eso es pasajero porque acreditarán resolutivos de la Suprema Corte de Justicia que con sentencias les favorece.
Agregó que el 24 de enero del año en curso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación negó un amparo al Sindicato Minero de Napoleón Gómez Urrutia que quería los contratos colectivos en AHMSA, dando entonces la razón al Sindicato Democrático de Ismael Leija, la sentencia fue publicada por la siderúrgica en la Bolsa Mexicana de Valores.
Leija, destacó que el despacho de abogados que tienen en la Ciudad de México trabaja en revocar ese dictamen en contra, además que existe el recurso de amparo ante un Tribunal Colegiado y en el peor de los escenarios una huelga de hechos que permite y legaliza la Ley Federal de Trabajo y el Artículo 123 Constitucional, pero recalcó que la Corte resolvió que son titulares de los contratos.
El pasado fin de semana fueron colocados oficialmente y de manera formal los emplazamientos a huelga por impago de salarios y prestaciones de los trabajadores, lo que equivale a violaciones de la empresa a los contratos colectivos de trabajo de las secciones 147 y 288 en su relación con las plantas siderúrgicas 1 y 2 de Altos Hornos de México.
Manifestó que además un error del Centro Federal de Conciliación y Arbitraje es que él es considerado por esa dependencia como secretario de Trabajo del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Democrático en lugar de secretario General del Comité Ejecutivo Nacional, por lo que posiblemente eso sea el motivo de la pausa en el emplazamiento a huelga.
Dijo por otro lado, que la sentencia de la Suprema Corte es clara al sentenciar que declara al Sindicato Nacional Democrático como titular de los contratos colectivos de trabajo, lo cual acreditarán con copias certificadas ante el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos en la Ciudad de México para que sea finalmente avalado el emplazamiento a huelga.
Es por eso, añadió, “que, en este procedimiento del emplazamiento a huelga contra ambas plantas siderúrgicas de Altos Hornos de México, se necesita la unidad de los trabajadores para la protección de sus derechos frente a un posible escenario de incertidumbre en el pago de salarios, categorías, finiquitos, y la fuente de empleo para los trabajadores vigentes”.