Por Reforma
La Prensa
Jueces de distrito de Morelos y Chiapas otorgaron suspensiones provisionales contra la discusión y aprobación de la reforma judicial en el Congreso de la Unión que fue propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y está previsto que comience su proceso legislativo mañana en la instalación de la Cámara de Diputados.
Ocho jueces promovieron amparos en contra del proceso legislativo para evitar que sea enviada a los congresos locales. Cuatro jueces de distrito del sistema penal acusatorio en Morelos: Perla Fabiola Estrada Ayala, Ignacio Pérez Aguirre, Lizbeth Martínez Arias y Eduardo Antonio Velasco Treviño.
Además, los jueces de distrito en Chiapas: Ismael Arroniz Palacios, Jorge Alberto Orantes López, Mario Felipe Mata Ríos y Mario Alberto Rivera Rivera, en materia mercantil y laboral, respectivamente, solicitaron frenar la aprobación de la reforma judicial.
El juez tercero de distrito de amparo y juicios federales en el estado de Chiapas, Felipe Consuelo Soto, solicitó que en caso de aprobarse la reforma judicial en el Congreso de la Unión, no sea enviada a las Legislaturas locales para su publicación hasta que se resuelva la suspensión provisional.
Una jueza federal de Cuernavaca ordenó hoy a la Cámara de Diputados no iniciar la discusión del dictamen de reformas al Poder Judicial, agendada para este lunes.
Martha Eugenia Magaña, jueza Quinta de Distrito en Morelos, otorgó este viernes una suspensión provisional, en la que ordena que al dictamen no afecte a los cuatro jueces federales que promovieron el amparo.
«Lo cual implica que dicho proyecto en particular no podrá ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura», dice la suspensión dictada en el amparo 1251/2024.
En teoría, esto quiere decir que los diputados no podrían discutir el dictamen por lo menos hasta el 4 de septiembre, cuando la jueza resolverá sobre la suspensión definitiva.
En la práctica, es probable que los diputados simplemente van a ignorar la orden de la jueza, como ya ha hecho el Congreso en otros casos en este sexenio, por ejemplo, cuando otra jueza ordenó repetidamente al Senado designar a comisionados faltantes del INAI.
Ante la violación a una suspensión, los jueces solo pueden denunciar el probable delito de abuso de autoridad ante la FGR, que en los últimos años ha recibido varias querellas de este tipo contra altos funcionarios del gobierno, pero no ha actuado contra ninguno.
La Cámara también puede impugnar la suspensión ante un tribunal colegiado de Morelos, que tendría 48 horas para resolver, sin que se pueda descartar que se solicite la intervención de la Suprema Corte de Justicia, mediante el ejercicio de su facultad de atracción.
Varios jueces ya se han negado a conceder suspensiones en amparos promovidos por sus colegas contra esta reforma, pues tradicionalmente, el Poder Judicial Federal (PJF) no puede intervenir en los procesos legislativos para someterlos a su control, sino que las leyes solo pueden ser impugnadas cuando ya están publicadas.
En este caso, lo que Morena y sus aliados intentan es una amplia reforma Constitucional, sobre las cuales la Corte ya estableció, en jurisprudencia de febrero de 2022, que no es posible que su contenido sea revisado judicialmente mediante amparos.
La jueza Magaña consideró que, en este caso, no se estaría pronunciando sobre el contenido de la reforma, sino que la suspensión es contra el procedimiento legislativo que está en curso, aunque su fallo se basa en estimaciones sobre las consecuencias que tendrá el cambio Constitucional.
Este argumento, sin embargo, implica que el PJF puede ponerse por encima del Poder Reformador de la Constitución, integrado por el Congreso de la Unión y las 32 legislaturas estatales, lo que siempre ha sido rechazado por la gran mayoría de Ministros y Ministras de la Corte.
«De otorgar la medida, no se afecta el interés social ni disposiciones de orden público, en atención a que si bien la sociedad está interesada en que los procedimientos de modificación a la Constitución no se detengan, lo cierto es que también tiene especial interés a que los procesos que se realicen para reformar la ley de mayor jerarquía para un país, se apeguen a los estándares de derechos humanos y mantengan las bases fundamentales que sostengan los principios de una norma de esta naturaleza, de ahí que la independencia judicial como valor íntegro de un Estado de derecho, no puede erosionarse de la Carta Magna», afirmó la jueza.
«De aprobarse la reforma Constitucional materia del proyecto que se mantiene en resguardo en la Mesa Directiva de la legislatura actual, (los quejosos) serían separados de sus cargos sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas a que hacen referencia en forma puntual en la demanda», agregó.
El dictamen prevé la elección por voto popular de todos los jueces del país, incluidos, en junio de 2025, los Ministros de la Corte, magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, y la mitad de los alrededor de mil 650 jueces y magistrados federales.