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Queda impune despojo y doble venta propiedad

Queda impune despojo y doble venta propiedad

Pese a las pruebas presentadas en contra de los tres acusados quienes actuaron con alevosía con un hombre enfermo de cáncer, juez penal determinó su no vinculación a juicio 

Alexis Massieu

La Prensa

FRONTERA, COAHUILA. – Por considerar que no había pruebas suficientes en su contra, un juez penal le dictó un auto de no vinculación a proceso, a tres personas que fueron acusadas de despojar y vender la propiedad de un hombre mientras se encontraba luchando contra un tumor cerebral, una de ellas, su ex esposa.

Fue el día de ayer en el Centro de Justicia Penal, localizado en Ciudad Frontera, donde se llevó a cabo la audiencia en la que se dictó un auto de no vinculación en favor de Rosario, Agustín, y Janeth “N”, esta última quien estuvo casada con Cesar Eduardo Aguilar, según se indicó en la denuncia presentada por su suegro, de nombre Felipe.

Según la denuncia hecha por el Ministerio Público, una de los acusados de nombre Rosario, le vendió a Cesar Eduardo—ante notario–una propiedad que antes se la había estado rentando, localizada sobre la calle Abasolo en la Zona Centro de Monclova, el día 11 septiembre del año 2014, en la cual desde tiempo atrás, ya había instalado en la planta baja, un negocio de sastrería, y cuyo segundo piso, albergó un salón para eventos sociales.

Presuntamente, la doble venta del lugar, se llevó a cabo, igualmente en una notaría, el día 31 enero del 2023, cuando nuevamente Rosario, le vende a Janeth (la ex pareja de Cesar Eduardo), parte del mismo edificio, pactando el pago de 420 mil pesos por la planta alta. 

Fue a partir del día 8 de marzo de ese mismo año 2023, que presuntamente el denunciante, ya no pudo entrar a los locales de su hijo, a los que les habían cambiado las chapas y les habían puesto otros candados a las cortinas metálicas.

El 21 septiembre todavía del 2023, en cumplimiento a un mandato dado por su hijo Cesar Eduardo, Felipe una presentó la denuncia por los delitos de fraude en su modalidad de doble venta, y por despojo, en contra de su ex nuera Janeth, de Rosario la vendedora, y el hijo de ésta, de nombre Agustín. 

De la misma manera, y por mandato de Cesar Eduardo, el 2 de octubre del 2023, presentó una demanda civil de nulidad en contra de las escrituras producto de la supuesta doble venta de sus locales.

Cuatro días más tarde, el 6 de octubre del año pasado, falleció Cesar Eduardo, tras haber sido operado y pasar mucho tiempo internado en el Hospital General de Zona número 7.

El 4 de junio del 2024, una persona de nombre Nayeli, se presentó ante el Ministerio Público, pidiendo que le dieran acceso a la investigación por ser la albacea designada dentro del juicio civil intestamentario número 8/2024 del Juzgado Segundo Civil, pidiendo además que ya no se tomara en cuenta a su abuelo, ya que a ella le correspondía velar por los bienes que eran propiedad de su difunto padre, al grado que le concedía el perdón a los tres acusados.

No obstante, antes de morir, Cesar Eduardo hizo un testamento a favor de su padre, declarándolo como único y universal heredero, el cual sería duramente refutado por la defensa alegando que no fue inscrito en el Registro Público.

“Cometieron todos esos actos con alevosía y ventaja, mi hijo tenía un tumor cerebral, y cuando estaba internado hicieron todo, yo no tenía cabeza para andar en esto, lo estuvimos atendiendo durante 8 meses, en cuidados intensivos tras la operación, y se aprovecharon de todo, estábamos en duelo, y ella hostigándonos que sacáramos las cosas, luego… ya buscaríamos justicia, iba ser patrimonio de sus hijos”, señaló Felipe, antes de que el Juez se fuera a deliberar.  

EL FALLO DEL JUEZ

Para poder emitir un fallo sobre la existencia o no de un delito, y que los tres acusados estuvieran o no implicados, el Juez a cargo de la causa penal 540/2024, Alan Israel Dávila Vela, ordenó un receso para poder analizar todas las pruebas.

Entre los alegatos controvertidos, estuvo en todo momento, si Felipe estaba o no legitimado para comparecer en calidad de víctima en ese caso, dado que; tras el fallecimiento de Cesar Eduardo, ya no podía ser su representante legal, menos aún, existiendo ya un albacea entre los herederos del finado, papel que recayó en su nieta. Insistiendo además en que el testamento a su favor no tenía validez.

De igual manera, durante el intenso debate, entre el abogado de la Fiscalía y los de la defensa, estos últimos señalaron que la venta del inmueble a favor de Cesar Eduardo, nunca se llevó a cabo, y prueba de ello, era que en el Registro Público no existe propiedad alguna inscrita a su nombre, lo cual; cabe señalar, no fue un impedimento, para que iniciaran un juicio intestamentario.

Más allá de que el Ministerio Público presentó como pruebas los dos contratos de compraventa hechos por Rosario “N”, el primero hace 10 años con Cesar Eduardo Aguilar, y el segundo, el año pasado con su ex esposa; por la falta de inscripción del primero de ellos en el Registro Público de la Propiedad, el juez consideró que no se cometió ningún delito, tanto la doble venta, como el de despojo.

Una vez que dio a conocer su resolución de no vinculación a proceso, el juez explicó que el fallo que dictó sería apelable dentro de los 3 días siguientes, dejando a salvo los derechos del Ministerio Público para poder presentar de nuevo la acusación.

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