Define Congreso que esta disposición se de con una activa participación de los ayuntamientos del Estado
Por: Jesús Medina
La Prensa
En sesión del Congreso del Estado, se aprobó una reforma a los artículos 5, 8 y 17 de la Ley para el Impulso Emprendedor del Estado de Coahuila, presentada por la diputada Beatriz Eugenia Fraustro Dávila mediante la cual se establece la participación activa de los municipios en la promoción e impulso al emprendedor, así como una mayor colaboración del sector juvenil en la elaboración de políticas para la cultura emprendedora.
La exposición de motivos de la reforma a los artículos 5 y 17 señala que en 2014 se publicó esta Ley para el Impulso Emprendedor, y si bien esta fue un referente importante que permitió detonar el crecimiento de estas unidades en la entidad, la participación de los municipios ha sido puesta en un papel secundario, dejando casi toda la responsabilidad a la Secretaría de Economía.
La diputada destacó que varios municipios han llevado a cabo incubadoras de empresas, comercialización de productos de emprendedores mediante diversos eventos, o destinar un área específicamente encargada de la política municipal en la materia. Dado que las autoridades municipales pueden convertirse en gestores importantes de los servicios que requiere el desarrollo empresarial, se aprobó la iniciativa con el objetivo de promover activamente la participación de los municipios en la promoción e impulso emprendedor, detalla las funciones que tendrían que realizar los ayuntamientos para el debido cumplimiento del Programa Estratégico.
Dichas atribuciones tiene que ver con instrumentar, ejecutar y coordinar la política municipal de emprendimiento para facilitar el financiamiento, capacitación, asesoría y vinculación a las personas emprendedoras y a los micro, pequeños y medianos negocios; Promover la creación de unidades, institutos u organismos que funjan como instancias de promoción e impulso de los servicios requeridos por las personas emprendedoras y los micro, pequeños y medianos negocios; entre otras funciones.
Por otro lado, la reforma al artículo 8 de la citada ley explica que en Coahuila la Ley para el Impulso Emprendedor establece como uno de sus objetivos prioritarios el promover una mayor participación de jóvenes en el desarrollo económico de la entidad. Esta responsabilidad la asume el Consejo General Ciudadano como órgano encargado de fomentar e impulsar la cultura emprendedora.
Esta entidad se compone por dependencias gubernamentales y asociaciones del sector social. Sin embargo, pese a ser los jóvenes parte de la población objetivo, destaca la ausencia de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social, instancia que tiene a su cargo la coordinación del Instituto Coahuilense de la Juventud, en congruencia con ello, se aprobó la integración de la Secretaría de Inclusión y Desarrollo Social dentro del mencionado Consejo a fin de que la perspectiva y representación de las y los jóvenes se inyecte desde el principal órgano de participación.