Por El Financiero
La Prensa
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles, por mayoría de votos, que pese a las suspensiones de amparo contra la reforma judicial, el Instituto Nacional Electoral (INE) debe continuar con la organización del proceso electoral para elegir a jueces, magistrados y ministros por voto popular.
La determinación se tomó a propuesta del magistrado Felipe de la Mata y con los votos a favor de la magistrada presidente Mónica Soto y el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.
¿Qué aprobó la Sala Superior del TEPJF?
La Sala determinó que es “constitucionalmente inviable” la suspensión del proceso a cargo del INE para elegir por voto popular a jueces, aclarando que no es materia de la sentencia pronunciarse sobre las suspensiones dictadas por los jueces de amparo, las cuales “no serán modificadas, confirmadas, ni revocadas con la sentencia”.
El ponente dijo que este caso es de urgencia para garantizar el derecho de los ciudadanos al voto. “Este asunto se tiene que resolver, por eso lo presente”, dijo y se lanzó contra los jueces de amparo.
Aseguró que dichos jueces no tienen competencia para resolver suspensiones sobre temas electorales, pese a lo cual, insistió, su decisión no revoca, no modifica ni se mete para nada con las sentencias de suspensión de amparo concedida por los jueces de Distrito.
El caso está relacionado con la consulta que el INE hizo el 4 de octubre pasado para que la Sala Superior del TEPJF, vía acción declarativa, resuelva si son o no aplicables las suspensiones de amparo a la autoridad electoral.
La solicitud, dijo el INE, es tendente a dar certidumbre jurídica en sus tareas para cumplir con las funciones que le fueron encomendadas con relación del proceso extraordinario para la elección por voto popular a juzgadores.