Tras no hallar impedimentos legales, el instituto prevé entregar constancias de mayoría a candidatos ganadores de cargos en el Poder Judicial
Por Claudia Salazar/Agencia Reforma
La Prensa
CD. DE MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) prevé otorgar constancia a los candidatos con mayor número de votos obtenidos en la elección del Poder Judicial del pasado 1 de junio, por no haber hallado impedimentos legales para que asuman el cargo.
Tras hacer el análisis de cumplimiento de requisitos constitucionales y legales de los candidatos y de investigar 27 candidaturas, de los casos específicos denunciados durante el proceso, el Consejo General del INE prevé avalar este sábado la elegibilidad e idoneidad de todos los candidatos electos.
En la lista revisada no se menciona ningún caso de candidatos posiblemente vinculados al crimen organizado, sino que la mayoría tienen que ver con denuncias de violencia política de género, violencia familiar, morosos de pensión alimentaria y otros casos de violación.
Desde el 14 de mayo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que el INE anule triunfos de los candidatos ganadores que sean prófugos de la justicia, tengan suspendidos sus derechos, sentencias por violencia o sean deudores alimentarios.
El proyecto de acuerdo prevé reconocer las candidaturas electas, una vez que ha verificado el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales aplicables a las candidaturas de las que se recibieron indicios relativos a los supuestos establecidos en el artículo 38 de la Constitución y los artículos 442 Bis y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y por la investigación hecha por el grupo interdisciplinario que revisó los casos.
“Se constata que las personas candidatas a cargos en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos durante el proceso.
“Toda vez que no existen hallazgos en relación con la ‘Regla 8 de 8’, derivado de la revisión técnica jurídica de elegibilidad e idoneidad de dichas candidaturas electas, este Consejo General deberá aprobar la asignación correspondiente a las candidatas y candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos para ocupar los cargos en disputa para en el PEEPJF 2024-2025”, indica el proyecto de acuerdo.
El INE revisó 31 casos de candidaturas que podrían haber limitado su acceso al cargo por los siguientes supuestos.
Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; por sentencia ejecutoria que imponga como pena la suspensión de derechos y prerrogativas; comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; comisión intencional de delitos contra la libertad y seguridad sexuales; y comisión intencional de delitos contra el normal desarrollo psicosexual.
También por violencia familiar; violencia familiar equiparada; violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género; y ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
En específico, el INE informó que revisó siete casos de violencia familiar y/o violencia familiar equiparada o doméstica; seis de violencia política contra las mujeres en razón de género; 8 de personas deudoras alimentarias morosas; cuatro de delitos sexuales o contra la intimidad corporal.
El INE determinó que en todos los casos, salvo en uno, la Constitución establece que el supuesto de cancelar la candidatura electa se actualiza específicamente cuando se tiene una sentencia firme contra la persona en cuestión.
Solo en un caso de violencia familiar se identificó la sentencia firme, pero el proyecto del acuerdo del INE no precisa si la persona denunciada no resultó electa.
El acuerdo del Instituto Nacional Electoral prevé dar vista al Tribunal de Disciplina Judicial, en caso de que más adelante uno de los candidatos electos y ya en funciones, tenga un cambio sobre su situación jurídica.
“En caso de recibir evidencias, con posterioridad a la aprobación de la presente Resolución, sobre los casos analizados y que actualicen alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este Consejo General remitirá al Tribunal de Disciplina Judicial o instancia competente, a efecto de que determine lo conducente conforme a sus atribuciones”, se indica.