Los recursos erogados entre mayo y octubre se destinaron a cubrir compromisos legales y garantizar la estructura mínima de la empresa
Por: Alberto Rojas Carrizales
LA PRENSA
La sindicatura de la quiebra de Altos Hornos de México, aseguró que los gastos correspondientes al periodo mayo-octubre difundidos en redes, corresponden a erogaciones estrictamente inherentes al procedimiento legal y que fueron entregados en tiempo y forma al Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles.
De acuerdo con la información oficial, los recursos aplicados durante ese lapso están destinados a cubrir compromisos indispensables para el cumplimiento de las obligaciones legales, así como para garantizar el funcionamiento mínimo de la estructura administrativa que permanece activa dentro del proceso de liquidación.
Agregó que el personal esencial continúa desempeñando funciones en distintas sedes judiciales del país, atendiendo las múltiples demandas laborales que se mantienen en curso en Saltillo, Torreón, Chihuahua y la Ciudad de México, entre otras.
Además, la sindicatura explicó que se cubren pagos de nómina, servicios básicos y gastos de operación necesarios para sostener la administración del proceso de quiebra, labores de vigilancia en las instalaciones industriales y oficinas.
Lo anterior, con el objetivo de preservar los bienes y proteger los activos de Altos Hornos de México, muchos de los cuales forman parte del patrimonio que deberá ser resguardado en beneficio de los acreedores que obviamente incluye prioritariamente a los trabajadores.
La representación legal de la quiebra reiteró que todas las acciones y decisiones adoptadas se realizan en estricto apego a la Ley de Concursos Mercantiles, la cual establece que la sindicatura tiene la obligación de defender la masa concursal, es decir, el conjunto de bienes, derechos y activos de la empresa para beneficio equitativo de todos los acreedores, priorizando en todo momento los derechos laborales de trabajadores y empleados.
De esta manera, la sindicatura, aclara busca que los gastos observados en el reporte no corresponden a operaciones ajenas al proceso, sino a compromisos derivados de las responsabilidades legales y administrativas que exige la etapa de quiebra en curso.