El conflicto entre los cantantes Cazzu y Cristian Nodal por el permiso de viaje de su hija llegó al legislativo michoacano donde se impulsa una reforma que garantice la movilidad de menores de edad cuando uno de los padres no otorga su permiso para tramitar el pasaporte.
El conflicto entre la cantante argentina Cazzu y el mexicano Cristian Nodal por el permiso de viaje de su hija Inti llegó al debate legislativo en Michoacán, mientras que en tribunales federales los juzgadores han “desenredado” las trabas impuestas por padres que rechazan dar la oportunidad a sus hijos de viajar al extranjero.
El 28 de febrero último Proceso informó sobre el caso de una niña que tenía la oportunidad para viajar a Estados Unidos a representar a México en competencias internacionales de robótica y equitación y que no pudo hacerlo porque su padre, el teniente oficinista de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Francisco Javier Xala Chigo, simplemente nunca respondió a las súplicas de su madre para otorgar su consentimiento para tramitar su pasaporte.
La mujer intentó solicitar a una juez familiar que interviniera para requerir al militar que otorgara su consentimiento.
La juez Séptimo de Proceso Oral en materia Familiar de la Ciudad de México, Jessica Alemán Cáceres, no sólo no intervino, sino que su respuesta ni siquiera tenía relación con la solicitud de la madre de la niña, lo que causó que la menor se quedara sin oportunidad para tramitar su pasaporte y fuera descalificada de las competencias para las que había sido seleccionada.
En México, como en otros países, el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad establece en su artículo 18 que, para expedir un pasaporte a una persona menor de edad, los dos padres deben otorgar su consentimiento a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) de manera personal ante cualquier oficina de la misma.
En la Ciudad de México la legislación permite que uno de los padres acuda ante un juez a pedir su autorización para que sus hijos salgan del país cuando no cuentan con el permiso del otro progenitor.
Para hacerlo, deben tramitar un juicio llamado Jurisdicción Voluntaria en el que el padre interesado en que su hijo o hijos menores de edad viajen al extranjero indique la fecha de salida y retorno, acredite la causa e incluso se les puede requerir presentar copia de los boletos de avión de ida y vuelta.
El juzgador puede dar la autorización provisional para que el menor o los menores de edad viajen al extranjero y una vez que regresan a México, el padre que tramitó el permiso debe informar al juez que los niños o adolescentes ya regresaron y el juzgador podría incluso citarlos para verificar que se encuentran bien.
Regularmente, el trámite duraría de tres a cuatro meses. Sin embargo, esos juicios sencillos pueden durar hasta un año o más desde la pandemia por covid-19 que causó la acelerada digitalización de todos los expedientes, así como la aplicación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que derivó en la extinción de diversos juzgados de proceso escrito en el Poder Judicial de la CDMX.
Sin embargo, hay padres de familia que encontraron en el juicio de Amparo una opción más rápida y viable para lograr que sus hijos obtengan el pasaporte.
Tal fue el caso de una adolescente identificada como Zaired “N”, quien en 2024 intentó tramitar su pasaporte para viajar a Canadá y representar a México en una competencia de Taekwondo.
Sin embargo, el padre de la joven ni siquiera formaba parte de su vida pues las abandonó a ella y a su mamá.
Por ello, su madre tramitó un juicio de amparo en el que la entonces juez Quinto de Distrito en el estado de Morelos, Martha Magaña, le concedió una suspensión para que la Secretaría de Relaciones Exteriores le emitiera un pasaporte provisional sin exigirle la autorización de su papá.
La orden llegó tarde, pues la adolescente ya no pudo inscribirse en la competencia de Canadá, pero con el documento provisional, Zaired pudo inscribirse en otro torneo en Corea, donde representó a México y ganó el primer lugar.
Con ese triunfo, el 27 de mayo de 2024 la juez Magaña dictó su sentencia definitiva en la que determinó que, aunque el artículo que exige la autorización de ambos padres para expedir el pasaporte a menores de edad busca protegerlos, al mismo tiempo resulta violatorio de sus derechos humanos.
Por ello, ordenó a la SRE expedirle un pasaporte definitivo sin necesidad de tener una autorización de su papá y, al mismo tiempo, crear otras formas para protegerla cuando quiera salir del país.
“Deberá dictar las medidas necesarias para que se dé una protección a la niña ante la expedición de ese pasaporte, como pueden ser por mencionar, que el mismo tenga una indicación de que se emite sin autorización de uno de los progenitores, para que a su vez se tenga un registro de su expedición y al momento en que se pretenda utilizar como documento para cruzar alguna frontera, la autoridad pueda solicitar boletos de regreso, identificación del lugar donde estará la infante, el tiempo que durará la salida del país; la generación de alertas de viaje, la emisión de avisos a los consulados o embajadas de México en otros países; la invitación a la competencia, la certificación de que es parte del grupo seleccionado, entre otras, como garantías para el aseguramiento del retorno de la adolescente al territorio nacional, con las mínimas cargas para la adolescente”, expuso la juzgadora.
Retos para la Cancillería
En entrevista con Proceso la ahora exjuez de Distrito Martha Magaña explicó que el caso llegó a sus manos sin que la madre de Zaired tuviera que tramitar un juicio familiar, como el que establece la legislación de la CDMX, aunque reconoció que durante el tiempo que fue juzgadora federal conoció otros casos donde, dentro de los juicios familiares, los padres negaron la autorización.
Por ello, la juez consideró que el artículo del Reglamento de Pasaportes que establece la autorización de ambos padres en realidad sobreprotege a los menores de edad y los limita de tajo para viajar al extranjero lo que, a su parecer, resulta iconstitucional.
“Lo que se propone en esa sentencia es hacer un análisis de la norma y decimos: ‘Sí, tiene un fin constitucionalmente válido’, pero no es la alternativa menos invasiva para la infancia”, explicó.
En estos casos lo que podría hacer la Secretaría de Relaciones Exteriores, en lugar de negarlo de tajo, lo que tendría que hacer es crear los mecanismos para proteger el retorno seguro de la infancia.
Refirió que en casos como el de Zaired, en el que su padre no formaba parte de su vida, se puede acreditar esta ausencia ante los jueces de amparo para que declaren la inconstitucionalidad de ese artículo del Reglamento de Pasaportes.
“En sí, con independencia del contexto en el que surge el caso, la norma de la Secretaría de Relaciones Exteriores que exige esa autorización para proteger a la infancia, a mi criterio, es inconstitucional porque le limita un derecho de tajo, entonces habría que tener en cuenta cuál es el caso específico para saber de qué manera se puede proteger a la infancia y otorgarle el pasaporte”, agregó.
Añadió que en casos en los que se acredita que el hombre niega su consentimiento para que los hijos salgan del país con el único fin de ocasionar un daño a la madre de estos, puede incurrirse en el delito de violencia familiar e incluso de violencia vicaria.
Casos como los que la juez Magaña refiere no han llegado a la Suprema Corte, por lo que no ha sido posible activar el mecanismo de declaratoria general de inconstitucionalidad para obligar al Congreso de la Unión a mejorar la legislación.
“En cualquier caso la infancia debe tener derecho al pasaporte porque es el único medio de identificación oficial que tú puedes adquirir siendo menor de edad, entonces, no solo te sirve para viajes, sino también te sirve para identificación”, dijo Magaña.
La propuesta
En este contexto, en Michoacán el 12 de marzo último la diputada del Partido Verde Sandra Arreola Ruiz propuso la creación de la llamada “Ley Cazzu”, por el caso de la cantante argentina, para garantizar el derecho a la movilidad de los menores de edad cuando exista abandono por parte de uno de sus progenitores.
Al realizar su propuesta, la legisladora indicó que muchas madres enfrentan obstáculos legales para obtener el pasaporte o permisos de viaje para sus hijos porque la ley exige la autorización de los padres, incluso cuando estos no forman parte de la vida de sus hijos ni cumplen con sus obligaciones alimentarias.
Quien cuida, quien educa y quien sostiene el hogar tiene que pedir permiso, mientras quien decidió no estar conserva el poder de decir que no -dijo la legisladora.
A través de esta iniciativa, la diputada planteó al Congreso de Michoacán enviar al Congreso de la Unión una propuesta de reforma al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para garantizar el derecho a la movilidad de los menores de edad cuando exista abandono parental teniendo como criterio central el interés superior de la niñez.
“La patria potestad no puede seguir utilizándose como un instrumento de control cuando las responsabilidades que le dan sentido han sido abandonada”, afirmó.
A diferencia de lo que propone la juez Magaña, la iniciativa de la diputada supedita la agilización de este tipo de trámites a que las madres acrediten que el padre de sus hijos es ausente o no cumple con sus obligaciones alimentarias.
Con información de Proceso