El dinero obtenido por la venta de AHMSA y MINOSA se administrará en un fideicomiso para asegurar el pago prioritario a los obreros
Alberto Rojas Carrizales
La Prensa
De consumarse la venta de AHMSA y MINOSA, el producto será depositado en un fideicomiso de administración, para su oportuna dispersión con el fin de garantizar el pago efectivo y prioritario de los créditos laborales preferentes, así lo planteó el síndico Víctor Aguilera Gómez en las bases que nuevamente entregó al Juzgado Concursal.
En su documento donde confirmó que el pago sería en la modalidad de créditos preferentes, explicó que una vez adjudicada la venta y recibido el pago o garantizado el esquema de pago aprobado, los recursos se distribuirán conforme al siguiente orden, es decir la prelación de acreedores.
En primer lugar, al pago de los créditos laborales preferentes en términos de los artículos 224, fracción I, y 225, fracción I de la Ley de Concursos Mercantiles correspondientes a las prestaciones constitucionalmente protegidas generadas durante el año previo a la sentencia de concurso mercantil de AHMSA y MINOSA.
En segundo lugar, los créditos contra la masa de las fracciones II y III del artículo 225 de la LCM; en tercer lugar los créditos con garantía real a que se refiere el artículo 219 de la ley, distribuyéndose a prorrata entre los acreedores garantizados conforme a la proporción que represente el valor de sus garantías respecto del avalúo.
En cuarto lugar, a los créditos contra la masa a que se refiere el artículo 224; en quinto lugar, a los créditos laborales diferentes de los señalados en la fracción I del artículo 224 de la ley y a los créditos fiscales, en los términos a que se refiere el artículo 221 de la Ley de Concursos Mercantiles
En sexto lugar, a los créditos con privilegio especial, en los términos a que se refiere el artículo 221; en séptimo lugar, a los créditos comunes, en los términos a que se refiere el artículo 222 de la LCM; yen octavo lugar, a los créditos subordinados.
Publicado por Ricardo Salazar




