Ruth Huerta borró de las bases del Concurso Mercantil de AHMSA el pago que se pretendía imponer a postores, tras considerar que afectaba la igualdad y transparencia
Alberto Rojas Carrizales
La Prensa
El Juzgado de Concursos Mercantiles desechó la intención del Síndico de AHMSA, Víctor Aguilera Gómez, de imponer un cobro a través del tercero especializado “Control Risks México”, a inversionistas interesados en participar en la subasta, al considerar que dicho requisito no está contemplado por la ley y podría afectar la igualdad de condiciones entre los posibles postores.
El resolutivo de rechazar esa intención que el Síndico había incluido en las bases de la subasta, fue emitido por la Jueza Ruth Huerta, que ordenó su corrección, finalmente la aprobación de las bases fue el 31 de julio, aunque eliminando la funcionaria judicial el cobro que pretendía establecerse.
La controversia surgió porque el Síndico había planteado que los interesados debían cubrir el costo de un análisis especializado de AHMSA elaborado por la empresa Control Risks México, requisito que condicionaría su acceso a la información necesaria para participar en la puja, la evaluación había sido denominada “Know You Customer”, (Conoce a tu cliente).
La funcionaria judicial señaló en su resolutivo del 24 de julio, que en la intención de cobro, no se precisó de manera suficiente el monto del pago por el citado proceso, la metodología para su determinación, los conceptos que comprendía, los mecanismos de supervisión, ni las reglas de devolución en caso de exclusión.
Además, que dicha carga no fue prevista pues la imposición de un pago indeterminado como condición para participar puede constituir una barrera de acceso y afectar los principios de igualdad y transparencia.
En su resolución, la Jueza Ruth Huerta advirtió además una posible irregularidad respecto a los honorarios del tercero especializado, y apuntó que tanto en la propuesta inicial de enajenación como en las propias bases de la subasta se establecía que los honorarios de Control Risk de México, serían cubiertos por determinados acreedores garantizados participantes.
«Tanto en la propuesta de enajenación, como en las propias bases, se precisó que los honorarios del tercero especializado serán pagados por ciertos acreedores garantizados participantes; por lo que la introducción de un nuevo pago implica la posible existencia de dos terceros especializados o un doble pago a favor del tercero especializado», establece el resolutivo judicial.
La juzgadora también cuestionó la ampliación de facultades otorgadas a Control Risk de México, al considerar que las funciones previstas iban mucho más allá de una participación meramente técnica o auxiliar.
Entre las actividades asignadas al despacho figuraban la precalificación y verificación de postores, la administración de información, la clasificación de bienes y la evaluación de la viabilidad operativa de la empresa, responsabilidades que, según la resolución, corresponden exclusivamente al síndico del concurso mercantil.
Huerta sostuvo que permitir al tercero especializado intervenir en esas decisiones podría generar consecuencias directas sobre la inclusión o exclusión tanto de activos como de participantes, vulnerando el marco legal que regula el proceso concursal.
Publicado por Iris Camila Beltran




