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Manda Ministra a la congeladora padrón de telefonía

Manda Ministra a la congeladora padrón de telefonía

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) quedó liberado, en el futuro inmediato, de la obligación de implementar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Norma Piña Hernández, Ministra de la Suprema Corte de Justicia, suspendió este lunes el artículo segundo transitorio de la reforma del 17 de abril, mismo que ordena al IFT implementar el Panaut con el presupuesto que le fue asignado para 2021.

“Se concede la suspensión para el efecto de que el IFT, en salvaguarda de su autonomía presupuestaria, no realice las acciones dirigidas a afectar la partida presupuestaria asignada, con el fin de desplegar todas aquellas tendentes a instalar, regular, operar y mantener el PANAUT”, ordenó la Ministra cuyo acuerdo completo fue publicado hasta hoy.

Agregó que las medidas que por ahora quedan suspendidas incluyen las necesarias para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general para su operación, las campañas para la difusión del programa, y las sanciones con las que el Congreso amenazó a los integrantes del IFT si, para octubre de 2021, no están listas las disposiciones mencionadas.

Piña explicó que en este caso la suspensión se justifica porque existe “apariencia de buen derecho”, es decir, de un análisis preliminar hay indicios de que el segundo transitorio puede poner en peligro la autonomía presupuestal del IFT, que es un órgano Constitucional autónomo.

“No se puede soslayar que el Instituto cuenta con garantías mínimas de suficiencia presupuestal y de ahí que, en apariencia de buen derecho, se constate desde este momento y sin prejuzgar sobre el fondo, apreciar un riesgo Constitucional sobre la autonomía del órgano actor”, afirmó.

El Congreso y el Ejecutivo pueden impugnar la suspensión mediante reclamación ante una sala de la Corte, que tomará varias semanas para resolver. El Pleno de la Corte, en tanto, puede tomar más de un año para resolver sobre la Constitucionalidad del PANAUT.

En su controversia, el IFT destacó que carece de presupuesto para implementar el Panaut, que se estima costará al menos mil millones de pesos, pues con el argumento del combate a la delincuencia, busca concentrar la información personal y biométrica de todos los usuarios de telefonía celular, que son casi la totalidad de la población.

También afirmó que la reforma, al amenazar con la cancelación de líneas de usuarios que no entreguen sus datos, es contraria a derechos previstos en la Constitución y al objeto para el cual fue creado el propio IFT.

El 27 de mayo, la Ministra había negado una suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), que no presento una controversia, sino una acción de inconstitucionalidad con argumentos de violación a derechos humanos, más amplios que los del IFT.

En ese caso, Piña consideró que la suspensión era improcedente, porque el Panaut todavía no causa perjuicio a los usuarios, al estar pendientes las reglas del IFT.

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