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jueves 4 de junio de 2026

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Invalidan caso por muerte de hermano de Gertz Manero

Invalidan caso por muerte de hermano de Gertz Manero

Una juez federal dejó sin efecto la orden de aprehensión y el auto de formal prisión dictados contra las dos mujeres imputadas de presuntamente haber propiciado por negligencia la muerte del hermano de Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República, ocurrida en 2015.

Patricia Marcela Diez Cerda, Juez Quinto de Distrito de Amparo en la Ciudad de México, ordenó reponer el procedimiento a Laura Morán Servín, viuda de Federico Gertz Manero, y su hija Alejandra Guadalupe Cuevas Morán, porque estimó que es incongruente, contradictorio y carente de motivación legal el caso penal contra ambas.

Morán Servín se encuentra evadida de la justicia por el delito de homicidio de concubino y, a sus 94 años de edad, es probablemente la persona más longeva contra quien se haya librado una orden de aprehensión, por pedido de la Fiscalía capitalina.

Su hija Alejandra Guadalupe, de 68 años de edad, desde octubre pasado se encuentra presa y procesada por el mismo delito en el Penal Femenil de Santa Martha Acatitla.

Federico Gertz falleció el 27 de septiembre de 2015 a la edad de 82 años en el Hospital ABC de una congestión visceral generalizada, debido a un infarto, con datos de una enfermedad orgánica en el corazón de tipo crónico, según la necropsia practicada el 12 de octubre siguiente.

La juez Diez Cerda concedió el amparo a la viuda contra la orden de aprehensión y a la hija contra la formal prisión, para el efecto de que sea repuesto el procedimiento, ya que estimó que dichas resoluciones judiciales son violatorias de sus derechos humanos.

Según las sentencias de amparo, tanto la Juez 67 Penal como la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) fueron omisas en analizar pruebas que ofrecieron las imputadas en su descargo.

Entre otras, señala que omitieron valorar 13 facturas, 24 tickets, 4 vouchers y un comprobante de renta de equipo de enfermería, que acreditan que el hermano del titular de la FGR recibió atención médica, servicio de enfermería y medicamentos, en las últimas semanas de su vida, lo que descartaría la negligencia criminal.

«Con la omisión de valorar dichos medios probatorios en la etapa de preinstrucción se transgreden las normas que regulan la prueba, pues no existe fundamento legal que apoye a posponer la valoración de las pruebas contradictorias, lo cual podría causarle al procesado un daño irreparable», precisa el fallo.

Los amparos concedidos no significan que Alejandra Guadalupe dejará de inmediato la cárcel o que la orden de aprehensión contra Laura Morán será cancelada en forma definitiva, pues las resoluciones de la juez Diez Cerda pueden ser impugnadas por la institución de la que es titular el propio Alejandro Gertz, lo que dejaría en manos de un tribunal colegiado el veredicto final.

La juez Diez Cerda señala que es incongruente imputar a la viuda y su hija de una responsabilidad por omisión, es decir, de propiciar la muerte de Federico Gertz por su falta de atenciones, y al mismo tiempo señalar a las dos mujeres de llevar al hoy occiso a sus consultas médicas, comprarle medicamentos y contratar enfermeros para su cuidado.

La impartidora de justicia también apunta que la Fiscalía tiene una confusión sobre la forma en que imputa la participación de Alejandra Guadalupe en el supuesto delito, pues por una parte la señala como alguien que tenía la custo 

«De ahí, lo deficiente de la motivación contenida en la orden de aprehensión reclamada, pues no basta con enunciar las pruebas, sino que es necesario precisar los efectos o consecuencias que de ellas se desprendan, en relación con la conducta delictiva que se atribuye a la imputada».

Es por ello que la sentencia establece que tanto el juzgado local, en el caso de Laura Morán, como el TSJCDMX, en lo que toca a Alejandra Guadalupe, a la hora de dictar las nuevas resoluciones deberán aclarar cuál es la participación de las imputadas.

Y también especificar todo el material probatorio que demuestran las circunstancias de lugar, tiempo, modo y ocasión en que, de ser el caso, probablemente cometieron el ilícito.

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