El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió la prórroga al 31 de diciembre de este año para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto.
Lo anterior con el propósito de otorgar facilidades en el cumplimiento de obligaciones fiscales y con el efecto de que durante dicho periodo no les aplicable una multa a los contribuyentes.
Además, el fisco también otorgó más tiempo en las siguientes trámites
1. Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.
2. El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del 1 de enero de 2023.
3. Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
4. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas.
Con estas acciones, el SAT busca cumplir el abc institucional: aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción.