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miércoles 25 de junio de 2025

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Abren un ‘boquete’ a decreto antivapeo

Abren un ‘boquete’ a decreto antivapeo

Dos jueces federales concedieron suspensiones para exentar a empresas privadas de la aplicación de las normas promovidas por el Gobierno federal contra los cigarros electrónicos, incluidos el decreto presidencial del 31 de mayo, que prohibió su venta en el País.

Los jueces Octavo y Décimo de Distrito en Materia Administrativa, Martin Santos y Roberto Fraga, otorgaron en la primera quincena de julio las primeras seis suspensiones contra esta política, en contraste con diez de sus colegas, que las han negado por considerar que se busca proteger la salud pública y a los menores de edad.

Fraga concedió suspensiones, entre otros, a British American Tobacco (BAT) y Comercializadora V&M, mientras que Santos lo hizo en favor de JOKR México, una plataforma para compras en supermercados, Distribuidora de Vapeo, AGPI Limkited, y tiene pendientes resolver en un amparo de Farmacias Benavides.

Tres suspensiones, incluida la de BAT, ya son definitivas, por lo que estarán vigentes todo el tiempo que tome tramitar los juicios para aclarar la legalidad del decreto de 31 de mayo, salvo que las revoque un tribunal colegiado.

Las suspensiones otorgadas por el juez Santos abarcan los tres decretos previos del Ejecutivo para prohibir la importación de vapeadores y calentadores de tabaco; la reforma de junio pasado para elevar dicha prohibición a la Ley de los Impuestos Generales de Importación; el decreto presidencial de 31 de mayo, y el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe los productos similares al cigarro.

Este último ya fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, por ser desproporcional y afectar la libertad de comercio, al prohibir de manera absoluta un producto que es similar a otro -el tabaco-, que si está permitido.

Fraga no ha publicado detalles de las suspensiones, salvo que son para que no se aplique el decreto impugnado, y se permita a las empresas comercializar sus productos, sujeto a lineamientos que fije la Secretaría de Salud.

El mismo juez ya había otorgado, el pasado 14 de enero, una suspensión a BAT contra el más reciente decreto presidencial para prohibir la importación de los dispositivos.

“Los productos cuya comercialización se ha prohibido, representan una objetiva, seria y real amenaza para la salud de las personas, y en particular de los niños y jóvenes, puesto que se trata de mecanismos creados para el consumo de nicotina y sustancias químicas tóxicas o dañinas para la salud”, afirmó el juez Osvaldo Rivera, que ha negado una decena de suspensiones.

Entre las empresas a las que los jueces les han negado suspensiones destacan la tabacalera Philip Morris, Tiendas Extra y Traxion Logistics, una importante transportista del País.

Y la Corte evaluará prohibición

Yasmín Esquivel, Ministra de la Suprema Corte de Justicia, admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad que busca invalidar la reforma legal del 7 de junio para prohibir la importación de todo tipo de cigarros electrónicos al País.

Esquivel admitió el 14 de julio la acción promovida por 45 senadores de oposición, que impugnan la nueva Ley de los Impuestos de Generales de Importación, en la cual el Congreso prohibió importar al País tres variedades de dispositivos electrónicos, tanto vapeadores como calentadores de tabaco, así como sustancias y accesorios relacionados.

A partir de febrero de 2020, y hasta la publicación de esta reforma, la prohibición de importación fue determinada en tres decretos del Ejecutivo, no a nivel de ley.

El segundo de esos decretos, que fue rápidamente modificado, sí permitía importar calentadores de tabaco.

Esquivel es parte de una minoría de que considera que es correcto prohibir los vapeadores, pero que se deben permitir los calentadores, dispositivos que no queman el tabaco y emiten menos sustancias.

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