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sábado 9 de mayo de 2026

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Formalizan IMSS-Bienestar con autonomía y patrimonio propios

Formalizan IMSS-Bienestar con autonomía y patrimonio propios

El Ejecutivo federal formalizó la creación el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).

Mediante un decreto en el Diario Oficial de la Federación, dispuso que IMSS-Bienestar sea un organismo de la Administración Pública Federal no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía técnica, operativa y de gestión.

Tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad.

«En condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna, ya sea mediante el Modelo de Atención Integral a la Salud del IMSS o, en su caso, el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar», indica.

«El IMSS-BIENESTAR brindará los servicios de salud a las personas a que se refiere el párrafo primero en aquellas entidades federativas con las que celebre convenios de coordinación para la transferencia de dichos servicios».

El decreto, suscrito por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, establece que la Junta de Gobierno del IMSS-Bienestar se instalará en un periodo no mayor a los 30 días naturales siguientes, y deberá expedir el Estatuto Orgánico en máximo 60 días naturales a partir de su instalación.

La administración del IMSS-Bienestar estará a cargo de la Junta de Gobierno y la Dirección General. La primera se integrará por la persona titular del IMSS, quien la presidirá y tendrá voto de calidad, las personas titulares de Salud, Hacienda, Trabajo y Bienestar, así como un representante del sindicato mayoritario al que estén afiliados los trabajadores.

La persona titular de la Dirección General del IMSS-Bienestar será designada por la persona titular de la Presidencia de la República. El nombramiento debe recaer en una persona que, entre otros requisitos, sea de nacionalidad mexicana en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y con una edad mínima de 30 años cumplidos al día de su designación.

También debe contar con título profesional mínimo de licenciatura que implique conocimiento especializado en «alguna de las disciplinas» afines al objeto del IMSS-Bienestar y haber desempeñado algún cargo de nivel decisorio que implique conocimientos en las mismas, con por lo menos cinco años de experiencia.

Para cumplir con su objeto, el IMSS-Bienestar contará con los recursos presupuestarios, materiales, humanos, financieros y de infraestructura que le transfieran directamente los gobiernos de las entidades federativas con cargo a recursos propios o de libre disposición.

O bien, agrega el decreto, con los recursos del fondo de aportaciones -a que se refiere la Ley de Coordinación Fiscal- y, en su caso, aquellos recursos federales etiquetados que se determinen en las disposiciones aplicables.

Entre sus atribuciones realizar acciones de salud pública, otorgar asistencia médica, servicios de salud ambulatorios y hospitalarios, medicamentos y otros insumos asociados a la población objetivo a través de sus unidades de salud y hospitales.

Asimismo, realizar acciones de prevención de enfermedades y promoción a la salud; e integrar una plantilla de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, quienes cuenten con una formación del más alto nivel.

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