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domingo 15 de junio de 2025

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¿Congruencia o impunidad?

¿Congruencia o impunidad?

Por Ana Lilia Herrera Anzaldo

Un país mejor es posible cuando los padres, las madres y el Estado, se responsabilizan de garantizar los derechos de las niñas y los niños. Es la mejor inversión: lo dictan el amor, el sentido común y hasta las leyes en México; el problema es que no las hacemos valer.

Según datos del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados, el 67.5% de los hogares sostenidos por madres solteras, no perciben pensión alimenticia como consecuencia de la evasión de la responsabilidad alimentaria de los padres; tres de cada cuatro hijos de parejas separadas no reciben pensión alimenticia y en el 91% de los casos, los acreedores alimentarios son las hijas e hijos.

Por eso resulta inaudita la impugnación que presentó la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para defender a los deudores alimentarios de no ser discriminados por una norma que hoy está avanzando y que pretende erradicar la violencia contra las mujeres y sus familias, bajo la premisa de impedir que un violentador de derechos, llegue al poder.

La ya famosa “3 de 3 contra la violencia”, aspira a la congruencia de quienes ejercen un cargo de representación popular o una función pública, a fin de garantizar que cumplan al menos con tres requisitos: 1) no ser agresor sexual; 2) no ser deudor alimentario y 3) no ser agresor de mujeres.

De las aproximadamente 270 acciones de inconstitucionalidad que ha presentado la CNDH en este sexenio, —según su portal institucional— solamente cuatro responden al marco jurídico federal: dos en materia de derechos de pueblos indígenas, una contra las reformas a la Ley de la Fiscalía General de la República en materia de asistencia a víctimas y otra contra las modificaciones al Código Nacional de Procedimientos Penales respecto de la armonización con la reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa.

Este dato llama la atención, no porque las reformas federales señaladas sean de menor importancia, sino porque al parecer la vista de la CNDH está enfocada en su totalidad en la revisión de la constitucionalidad de las modificaciones legales en las entidades federativas, mientras que aquellas efectuadas en el ámbito federal, parecieran invisibles al ojo de dicho organismo, a pesar de que la gran mayoría de las reformas de esta administración han sido impugnadas.

Recientemente, el Congreso de Yucatán se ganó la atención de la CNDH, al adecuar su marco jurídico para establecer la 3 de 3 contra la violencia, medida que a la institución garante de los derechos humanos le pareció discriminatoria a tal grado, que presentó una acción de inconstitucionalidad.

Sin importar que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias es una conducta que se constituye como violencia económica, patrimonial y familiar en contra de las mujeres, para la CNDH es más importante garantizarle a los deudores alimentarios su derecho a postularse a un cargo de elección popular, su derecho a ser votado, y brindarles seguridad jurídica de desempeñar un cargo público.

Así, mientras la CNDH litiga reformas locales en contra de los esfuerzos de las organizaciones y colectivos de mujeres y de organismos enfocados en la protección de los derechos de la niñez, en el ámbito federal ni siquiera se ha pronunciado sobre los duros datos que alerta REDIM sobre las desapariciones diarias de más 17 personas entre 0 y 17 años.

Basta de impunidad. Si un representante popular o un funcionario es un violentador en lo privado, ¿qué podemos esperar de su actuar público? En la Cámara de Diputados preparamos un exhorto al respecto. Estamos a favor del trabajo y la no discriminación, pero sobre todo a favor de una niñez que sea cuidada y atendida por sus propios progenitores y el Estado Mexicano, es decir, incluida la CNDH.

Twitter: @AnaLiliaHerrera.

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