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sábado 16 de noviembre de 2024

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“Tienen más derechos padres que concubina”

“Tienen más derechos padres que concubina”

Alexis Massieu

Ante la incertidumbre de la sociedad coahuilense, respecto de quienes de las víctimas indirectas de la tragedia ocurrida en la mina El Pinabete recibirán la indemnización de 4 millones 700 mil pesos, el abogado laboralista Jaime Martínez Riojas explicó que la Ley Federal del Trabajo y del Seguro Social establecen quienes entre los familiares de los difuntos tienen preferencia, cónyuges, hijos y padres por sobre concubinas.

Ante de la presunta disputa entre la madre de un minero desparecido y la concubina y presunta madre de un hijo del difunto; el jurista explicó que el Seguro Social establece una lista u orden de preferencia de los beneficiarios, en la que primero va la esposa, luego los hijos, los padres, y a falta de estos la concubina, la pareja con la que vivió los últimos 5 años como si fueran marido y mujer, o una persona con la que pese a no tener ese vínculo, sí tuvo hijos.

En el caso de que el trabajador fallecido no tuviera esposa o hijos, en su opinión la madre del minero sería la beneficiaria por sobre la concubina, aunque las autoridades podrían resolver a favor de más de una persona, y repartir lo correspondiente a la indemnización.

Los hijos no nacidos se presumen son del fallecido si se conciben dentro de matrimonio, explicó, sin embargo, en caso de concubinato esa circunstancia tendría que resolverse en un tribunal mediante pruebas como las del ADN.

Si los trabajadores están asegurados al momento del accidente de trabajo, señaló que el IMSS concede una pensión como la de viudez, y el patrón se quita de toda responsabilidad, pero si no; la ley federal del trabajo tiene una tabla para indemnizar y habla de 5 mil días de salario mínimo, que implican poco más de 864 mil pesos.

Extraoficialmente trascendió a las familias de los 10 mineros que quedaron atrapados por la inundación en el pocito, les harán entrega de más de 4 millones de pesos, una cifra muy superior a la que contempla la ley laboral.  

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