Alexis Massieu
Los padres de los menores de edad que difundan imágenes o videos íntimos, como sucedió presuntamente en la Secundaria número 3, podrían ser obligados a reparar el daño moral que ocasionen menores los cuales por su parte y de ser denunciados, tendrían que enfrentar un proceso ante un juez especializado en materia de adolescentes.
“Sí hay responsabilidad, a los menores de 18 años de edad se les considera menores infractores cuando cometen lo que serían delitos en el caso de los adultos, y pueden ser sometidos a procedimientos legales ante jueces especializados en materia de adolescentes”, explicó el abogado Jesús Domínguez Batres.
El experimentado litigante refirió que, dadas ciertas circunstancias, los adolescentes pueden ser objeto de fuertes medidas como es el internamiento en un centro para menores infractores, como el que existe en la ciudad de Saltillo, pero además de eso se puede generar una responsabilidad civil para sus padres, y que consiste en la reparación del daño moral que se pudo causar con la difusión de imágenes o videos íntimos.
En Coahuila, señaló, existe una figura que es la violación a la privacidad de las personas, en cualquiera de sus modalidades, que se difundan imágenes de personas desnudas o hechos falsos, o incluso verdaderos con la intención de difamar, un delito que implica no sólo una sanción punitiva, sino también económica.
En el caso de los menores infractores señaló, son los padres los que tendrían que responder por la reparación del daño causado a la víctima, y esa reparación puede obtenerse mediante el ejercicio de una acción penal o demandándola por la vía civil, algo aplica también en casos de publicaciones en redes sociales en las que ciertas personas se dedican a difamar a otras.
La publicación de imágenes de personas menores de edad agregó el jurista, implica inclusive por su gravedad, la comisión de un delito de índole federal.