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lunes 29 de junio de 2026

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A prisión 9.8 años por portar lanza-granadas

A prisión 9.8 años por portar lanza-granadas

Staff

Este viernes un juzgado federal dio a conocer que quedó firme la sentencia de 9 años y 8 meses de prisión dictada en contra de dos personas originarias de Nuevo Laredo que en el año 2015 fueron detenidas en ésta ciudad por elementos del Grupo de Armas y Tácticas Especiales, y a las cuales entre el arsenal que tenían les fue asegurado un lanza-granadas.

Según el informe rendido por los agentes del GATE al Ministerio Público Federal, y en base al cual se dictó sentencia condenatoria el 19 de abril del 2022, dentro de la causa penal 25/2021, el arresto de Ignacio Torres y Mariano Nájera, se realizó el 24 de julio del 2015 en la avenida Nogal de la colonia Santa Mónica. 

Todo ocurrió, cuando los elementos policiacos realizaban labores de vigilancia por el bulevar Pape a la altura de la referida colonia residencial, viendo una Ford Lobo, tipo King Ranch, de color negro con dos personas a bordo las cuales al notar su presencia adoptaron una actitud sospechosa, y por ese motivo decidieron marcarles el alto, descubriendo que entre las piernas llevaban armas largas.

A una de las personas al momento de la revisión corporal le encontraron a la altura de la cintura un arma corta de la marca Colt All, de calibre 9 milímetros, con un cargador abastecido con 10 cartuchos útiles.

La otra persona, señalaron; bajó del vehículo sosteniendo entre sus manos un arma larga de la marca Bush Master modelo Carbón 15, calibre 5.56 milímetros, y traía un cargador abastecido con 30 cartuchos útiles, a la cual le encontraron además 20 billetes de 500 pesos.

Al revisar el interior del vehículo encontraron en la parte del asiento trasero varias bolsas con una importante cantidad de droga, marihuana y cocaína, además de un arma hechiza tipo lanzagranadas sin marca ni número de serie, y un arma de la marca Cobray, calibre 9 milímetros, con 20 cartuchos útiles.

Tras un largo proceso en el que hubo de por medio diversos recursos legales por parte de los abogados de los acusados, y acusaciones en contra de los agentes, respecto de que los detenidos fueron golpeados y que el arresto no fue en la calle sino en el estacionamiento del boliche, el titular del Juzgado Cuarto de Distrito consideró que había suficientes pruebas para condenarlos por los delitos de portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, y contra la salud, en su modalidad de narcomenudeo.

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