Por: Arturo Rodríguez
La permanencia del llamado Plan B de la Reforma Electoral estará en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que a partir del viernes 3 se convirtió en receptora de un gran número de amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad; esto es, las tres vías de actuación del máximo tribunal.
El objetivo de las oposiciones, así como del Instituto Nacional Electoral (INE) y de ciudadanos que a título personal reclamen violentados sus derechos políticos, es tirar por completo el paquete de reformas consistente en 429 artículos de las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos, y del Sistema de Medios Impugnación en Materia Electoral, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Para conseguirlo, uno de los argumentos centrales consiste en la viabilidad de pasarle la factura a las bancadas oficialistas por la premura con la cual aprobaron el llamado Plan B.
Aún más, el Plan B de la Reforma Electoral fue aprobado el 15 de diciembre en la Cámara de Diputados, con seis leyes reformadas que incluyen, además de las mencionadas, las leyes generales de Responsabilidades Administrativas, y de Comunicación Social. Estas dos últimas fueron las únicas aprobadas por el Senado también en diciembre, por lo que el Ejecutivo hizo la publicación el 27 de ese mes y entraron en vigor al día siguiente.
Hoy las oposiciones se proponen revertir la totalidad del llamado Plan B y no sólo aquellos artículos que puedan representar una violación constitucional.
Para ello, tanto el INE como los partidos de oposición pretenden seguir la misma ruta que la SCJN ha marcado con la reciente invalidación de dos reformas electorales en Coahuila.
El 5 de enero último la reforma a la legislación coahuilense fue echada abajo aun cuando el día 1 del año había dado inicio el proceso electoral local que renovará la gubernatura y el Congreso del Estado. En septiembre pasado la legislatura local aprobó una ampliación de 25 a 27 curules para prever dos lugares de representación proporcional, por acción afirmativa, para minorías o grupos vulnerables.
La decisión tomada por unanimidad en la Corte ese 5 de enero se basó en que el Congreso de Coahuila no hizo la consulta a comunidades indígenas ni a personas con discapacidad para realizar la reforma, y todo el articulado se vino abajo muy a pesar de que el resto del contenido nada tenía que ver con la acción afirmativa controversial.
El aspecto de la falta de consulta fue consideración suficiente para invalidar toda la ley bajo el argumento del ministro Arturo Zaldívar, que expuso: «En materia electoral es muy complicado dejar algunas partes (de las leyes en revisión) y otras no».