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Tipos de incapacidad laboral: ¿En qué casos aplica y qué porcentaje te deben pagar?

Tipos de incapacidad laboral: ¿En qué casos aplica y qué porcentaje te deben pagar?

Si estás embarazada o sufriste un accidente en tu lugar de trabajo, tienes derecho a recibir una incapacidad laboral. Aquí te decimos cuál te corresponde y cuánto te deben pagar.

Nadie está exento de una enfermedad o un accidente en el lugar de trabajo. Por ello, la Ley Federal del Trabajo respalda a los empleados del país a través de un certificado de incapacidad para justificar la ausencia con el patrón.

Primero que nada, debes saber que el certificado de incapacidad se otorga cuando un trabajador se encuentra, como su palabra lo dice, incapacitado para trabajar de manera temporal, ya sea por un accidente o enfermedad.

Es importante mencionar que no solamente existen ese tipo de casos, también se encuentran las incapacidades de las mujeres trabajadoras por embarazo.

¿Cuál es la diferencia entre riesgo y accidente de trabajo?

En la Ley Federal del Trabajo se encuentra establecido en el artículo 473 que los riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

Mientras que el accidente de trabajo es toda lesión orgánica, inmediata o posterior -o la muerte-, producida repentinamente con motivo del trabajo, no importando el lugar y el tiempo en que se presente el incidente.

¿Qué es una enfermedad laboral y cuáles están en la Ley Federal del Trabajo?

La enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el empleado se vea obligado a prestar sus servicios.

Algunas de los padecimientos incluidas en las Tablas de Enfermedades de Trabajo y la de Valuación de Incapacidades Permanentes del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo son:

  • Enfermedades infecciosas y parasitarias.
  • Cánceres de origen laboral.
  • Enfermedades del sistema circulatorio, de la sangre y órganos hematopoyéticos.
  • Trastornos mentales.
  • Enfermedades del sistema respiratorio.
  • Enfermedades del sistema digestivo.
  • Enfermedades de la piel y tejido subcutáneo.
  • Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo.
  • Intoxicaciones.
  • Enfermedades del ojo y del oído.
  • Enfermedades de endocrinología y genito urinarias.

La actualización de las tablas de enfermedades el año pasado incluyó la incorporación de 88 padecimientos laborales, entre ellos COVID-19 y tres enfermedades de la mujer.

¿Qué tipos de incapacidad laboral existen?

Según la ley, existen tres tipos de incapacidad laboral:

  1. Incapacidad temporal: pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
  2. Incapacidad permanente parcial: es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
  3. Incapacidad permanente total: es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

¿Cuánto te deben pagar por una incapacidad laboral?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las incapacidades producidas por riesgos de trabajo generarán indemnizaciones, mismas que se deben pagar directamente al trabajador, en los casos de incapacidad mental el pago deberá efectuarse a la persona cuyo cuidado quede, mientras que para el caso de muerte del trabajador se pagará a sus beneficiarios.

En la ley se establece que el pago base para determinar estas indemnizaciones deberá ser el salario diario que perciba el trabajador al ocurrir el riesgo, así también se deberán de tomar en cuenta los aumentos que correspondan al empleo que desempeñaba el asegurado.

El salario para el pago de las indemnizaciones nunca podrá ser menor al salario mínimo; sin embargo, si el sueldo que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo vigente, este salario se considerará como salario máximo.

A continuación, te decimos qué porcentaje te deben pagar por incapacidad:

  • Riesgo de Trabajo: 100 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.
  • Enfermedad General: 60 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.
  • Maternidad: Para el certificado único de incapacidad por maternidad, será el 100 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la semana 34 de gestación.

¿En qué casos te pueden negar la incapacidad laboral?

En la legislación del Seguro Social se detallan las causas por la que no se considera un riesgos de trabajo y, por lo tanto, no se puede otorgar la incapacidad laboral:

  • Si el accidente ocurre en estado de embriaguez del trabajador
  • Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún psicotrópico, narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción suscrita por médico titulado.
  • Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una incapacidad o lesión por sí o lo acuerda con otra persona.
  • Si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.
  • Si el siniestro es resultado de un delito intencional del que fuere responsable el trabajador asegurado.

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