Alexis Massieu
Tras darse a conocer la postura del Poder Judicial de Coahuila, sobre la necesidad de justificar la medida cautelar de la prisión preventiva en, y no aplicarla de oficio, el día de ayer, se registró el primer caso en la Región Centro, cuando el Juez Oscar Cadena García, impuso una medida diferente, a una persona que tiempo atrás, hubiera tenido que ir a la cárcel por el delito de lesiones.
Por no existir riesgo para las víctimas, ni razones para que el imputado se sustraiga de la acción de la justicia, el referido juzgador, le permitió a un imputado, seguir su proceso en libertad, con la única condición de realizar firmas periódicas en la Unidad de Medidas Cautelares.
Anteriormente, y conforme se encuentra plasmado en la propia Constitución, el sólo hecho de haber empleado un arma, o un objeto que se pudiera considerar como tal, implicaba en automático, que el presunto responsable fuera internado en un centro penitenciario, pero el día de ayer fue diferente, prevaleciendo el nuevo criterio que se dio a conocer por parte del Presidente Magistrado Miguel Felipe Mery Ayup.
La controversia sobre la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa, se originó cuando la Corte Interamericana emitió un par de sentencias en las que se condenó a México, mediante sus órganos de impartición de justicia, a tener que justificar la prisión preventiva, y no aplicarla en automático, para que no se convierta en una pena anticipada.
Por el contrario, bajo los nuevos criterios, el Ministerio Público tendrá que justificar en todos los casos, la necesidad de aplicar la medida de la prisión preventiva, generándose un debate con la defensa de los acusados, a fin de que los jueces decidan si es necesaria o no.
La revisión periódica de las medidas cautelares que se les impusieron, es un derecho de quienes están siendo enjuiciados, por lo que ante el nuevo criterio del PJE de Coahuila, se presume se podría generar en los juzgados y tribunales una importante carga de trabajo en los próximos días.