Alberto Rojas Carrizales
Con la sentencia de magistrados de un Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación donde reconoce la existencia jurídica del Sindicato Democrático y titular de los contratos colectivos de las secciones 147 y 288, ya quedó obsoleto, innecesario y sin validez los emplazamientos a huelga que había depositado contra AHMSA II el Sindicato Nacional Minero.
Abogados especializados en el tema, añadieron que por videoconferencia y simple protocolo se levantó una supuesta acta de conciliación con fecha 17 de agosto con motivo de procedimiento de huelga 412/2023, donde el Sindicato Minero encabezado por Napoleón Gómez Urrutia fue representado por Nahi Antonio Velasco.
Sin embargo, recalcaron,–esa supuesta audiencia en la modalidad de videoconferencia ya no tiene ninguna validez legal, no sirve para nada, porque previamente el Tribunal Colegiado de Circuito desconoció al Sindicato Nacional de Mineros en alguna relación, ya que consideró esa autoridad que el legítimo es el Sindicato Democrático.
De tal forma, añadieron los abogados, que la audiencia, que en esa videoconferencia fue fijada para las 12 horas con 20 minutos del próximo 29 de agosto en la Ciudad de México está siendo cancelada porque el Sindicato Minero luego de la sentencia del Tribunal Colegiado de Circuito en una entidad ajena totalmente a los asuntos de los trabajadores de Altos Hornos de México.
Apuntaron que la justicia de la Unión no amparó, ni protegió un reclamo del Sindicato Nacional de Mineros que lidera Napoleón Gómez Urrutia por lo que ni siquiera tiene ya opción de recurrir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que ahora hacen circular textos para intentar confundir a los trabajadores sindicalizados adheridos a las secciones 147 y 288.