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Prófugo de la ley, es premiado con libertad

Prófugo de la ley, es premiado con libertad

Permaneció sustraído de la justicia 3 años, por dejar en accidente lisiada a su víctima; ayer quedó libre al prescribir su delito

Alexis Massieu

La Prensa

Tras 3 años de huir y esconderse de la justicia, el día de ayer la ley operó a favor de un “cafre” identificado como Luis Gilberto “N”, quien presuntamente en el año 2017, provocó un accidente vial en el que dejó inválida a su víctima. Pero, como el expediente permaneció archivado y sin movimiento demasiado tiempo, la defensa del acusado hizo valer la llamada prescripción, como una forma legal de darle “carpetazo”.

“Las causas penales no pueden estar abiertas eternamente”, explicó el juez que resolvió el caso, tras darle la razón al abogado de Luis Gilberto “N”, Javier Liñan, el cual expuso, que de acuerdo a la acusación que hizo el Ministerio Público, el delito por el que fue señalado su cliente, por el sólo paso del tiempo prescribía en 3 años, y ese tiempo ya había pasado.

Tras ocurrido el accidente el 8 de noviembre del 2017, y la apertura del juicio en fecha 15 de diciembre del 2019, la última vez que a Luis Gilberto “N” se le había visto en los juzgados penales, fue en una audiencia previa a la del 26 de agosto del año 2020, fecha a partir de la cual fue considerado como sustraído de la justicia, y que generó como consecuencia, que se le girara una orden de aprehensión en su contra.

El pasado 14 de septiembre, elementos de la Agencia de Investigación Criminal finalmente pudieron cumplimentar la orden de aprehensión que le giró el juez a Luis Gilberto “N”, sin embargo, esa detención había llegado demasiado tarde, exactamente 19 días después de pasados los 3 años que operarían a favor del “cafre”.

Entre los argumentos que la defensa del imputado le dio al juez para que decretara la prescripción y el sobreseimiento de la causa penal, destacó aquel que implicaba que las acusaciones del Estado, no deben permanecer abiertas por siempre, y que el huir y el esconderse, son una pena por sí misma.

Tanto al ministerio Público, como a la víctima y a su asesor legal, les queda un recurso legal, que sería llevar la resolución que se dictó el día de ayer dentro de la causa penal 957/2019, ante una autoridad superior, la cual podría confirmarlo, u ordenar que se dicte una nueva.   

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