“Con este descalabro Napoleón ya agotó la totalidad de los recursos, esto está más que claro, nada tiene que hacer en Altos Hornos de México”, expresó el dirigente del Sindicato Democrático
Alberto Rojas Carrizales
LA PRENSA
Al perder Napoleón Gómez Urrutia la última batalla en la Suprema Corte de Justicia en su intento por obtener los contratos colectivos de trabajo en AHMSA después de más de ocho años de zafarranchos en Monclova entre grupos rivales, Ismael Leija representante del Sindicato Democrático afirmó que el resolutivo alentará aún más el plan de inversión para reiniciar la producción.
“Los recientes capítulos de tensión en la Sección 147, mantenía preocupado al síndico del Concurso Mercantil, Víctor Aguilera, pero el resolutivo de la Corte expande la certidumbre y la legalidad en la futura laboral con Altos Hornos de México”, agregó Leija quien una vez restablecidas las operaciones representará a los obreros ante los nuevos dueños liderados por Daniel Chapman.
“Con este descalabro Napoleón ya agotó la totalidad de los recursos, esto está más que claro, nada tiene que hacer en Altos Hornos de México y sus trabajadores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resolvió”, recalcó Leija, secretario General del CEN del Sindicato Democrático.
La Segunda Sala de la Corte negó este miércoles el último recurso del sindicato de Gómez Urrutia para impugnar un laudo de la Junta Federal de Conciliación avalado por un Tribunal Colegiado que reconoce como mayoritario al Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos (SNDTM), que encabeza Ismael Leija Escalante.
“En el vasto litigio que empezó con recursos de inconformidad del Sindicato Minero de Napoleón Gómez Urrutia contra la existencia del Sindicato Nacional Democrático creado en asamblea constitutiva el 20 de enero de 2015, y los resultados registrados en los recuentos de 2016 y 2017, finalmente la Corte rechazó los argumentos del sindicato inconforme para cuestionar la constitucionalidad de artículos de la Ley Federal del Trabajo.
Es decir, los que permiten a un gremio demandar a la empresa respectiva para que se le reconozca como mayoritario y titular del CCT, lo que el SNDTM hizo en septiembre de 2015, pero la Corte dispuso que los artículos 388, 389 692 y 931 de la LFT no transgreden el principio de libertad sindical como lo aduce Gómez Urrutia.
Lo anterior, afirmó la Suprema Corte, porque no prohibir la intervención de los patrones o empresas en los juicios de titularidad de los contratos colectivos de trabajo, no implica algún acto que merme la libertad de asociación de los trabajadores al no vincularlos a afiliarse o no a un determinado sindicato.
En agosto de 2023, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo ya había confirmado que fue legal el laudo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que reconoció como mayoritario al SNDTM, pero el sindicato de Gómez Urrutia recurrió a la Corte que le desechó sus argumentos dictaminando que el titular de los contratos colectivos de trabajo en AHMSA es el Sindicato Democrático de Ismael Leija.