Juzgado federal ordena la inscriban, pero lejos de cumplir con mandato, la oficina central de Atención a Grupos Prioritarios busca echar abajo sentencia
Alexis Massieu
La Prensa
Tras recibir la orden de un juzgado federal, de inscribir a una monclovense en el programa de Pensiones para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, con residencia en la Ciudad de México, en lugar de cumplir con el mandato judicial que se les giró, decidió presentar un recurso legal para echar abajo la sentencia, o por lo menos alargar aún más el inminente cumplimiento de esa obligación.
Fue el día de ayer que salió a relucir, que tras ganar un juicio de amparo, en lugar de inscribir en el padrón de beneficiarios a la Señora María Margarita García, la referida dependencia federal, de la que no se sabe siquiera quien es el titular, en lugar de cumplir con la orden, optó por alargar el pleito legal, llevando el caso ante un tribunal en la ciudad den Saltillo, cuya resolución podría tardar varios meses.
De acuerdo al expediente 1005/2023, del juicio de amparo promovido por la afectada, ante el juzgado Cuarto de Distrito en esta localidad, la demanda se presentó el día 15 de diciembre del 2023, ante la negativa de inscripción o incorporación de la afectada, al programa de la pensión para el bienestar de las personas con discapacidad; y la falta de pago al que tiene derecho.
Luego de tres meses, el juzgado federal emitió la sentencia en la que se le ordenó la citada Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios, que deseche la respuesta original que le dio a la solicitud de la Señora María Margarita, y que emita otra en la que se diga que ella cumple con los requisitos de elegibilidad contenidos en el punto 3.2 del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Pensiones para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente.
En respuesta a la orden del juez, los del Bienestar, respondieron pidiendo una revisión a la sentencia del juicio de amparo, con la que se reconoció que la afectada, tiene todo el derecho a la pensión, porque cumple con todos los requisitos.
De acuerdo al portal oficial “programasparaelbienestar.go.mx”, entre los requisitos para acceder a esa pensión, están el tener hasta 29 años de edad y padecer una discapacidad, o tramitarla antes de cumplir 65 años en el caso de habitar localidades indígenas o afromexicanas, así como municipios y localidades con alto o muy alto grado de marginación.
Los aspirantes a la pensión deben presentar su acta de nacimiento, una identificación oficial vigente, la CURP, un comprobante de domicilio, y sobre todo, el certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, debidamente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
Al igual que en el caso de la Señora María Margarita García, muchas otras personas con discapacidad tuvieron que presentar una demanda de amparo contra esa misma autoridad, en busca de que se les otorgue la pensión a la que tienen derecho por su condición de salud o el grupo vulnerable al que pertenecen.