Juez penal se negó a enviarla a prisión; sin embargo, le impuso nuevamente una medida cautelar para confirmar que cumpla con su arresto domiciliario
Alexis Massieu
La Prensa
Por considerar que no existía razón alguna para pensar que se vaya a fugar, un juez penal se negó el día de ayer, a enviar al penal a Fabiola Rubí “N”, pero en cambio; le impuso de nueva cuenta el brazalete que se le había retirado la semana pasada, razón por la que ahora, además del resguardo domiciliario, será monitoreada mediante el localizador electrónico, para el cual tuvo que desembolsar 8 mil 500 pesos, quedándole pendientes de pagar, 10 meses del dispositivo anterior, con un adeudo de 76 mil 500 pesos.
Una vez más, Fabiola Rubí “N”, fue llevada ante un juez en el Centro de Justicia Penal, para realizar una revisión a las medidas cautelares que se le habían impuesto hace 7 días, bajo el argumento, de que las instituciones encargadas de vigilarla, como son la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA), y la Policía Municipal, no garantizaban que Fabiola Rubí “N”, efectivamente allá estado todo este tiempo al interior de su casa.
Fue entonces que el Ministerio Público hizo fuertes señalamientos buscando evidenciar las presuntas deficiencias en la supervisión que debe realizar la Unidad de Medicas Cautelares, que no les ha rendido los informes que le solicitaron para justificar que están haciendo su trabajo, y en su defensa supuestamente alegaron que no tienen personal suficiente, ni recursos para estar vigilando las 24 hora a la sentenciada.
De acuerdo a las pruebas aportadas por la defensa de quien, a consideración del juez, debe ser tratada como sí aún fuera inocente, elementos de la Policía Municipal estuvieron acudiendo diariamente a revisar que Fabiola Rubí estuviera en su casa, presentando diversas fotografías tomadas de los videos de las cámaras de vigilancia.
Otra prueba crucial para la defensa, fue la declaración que rindió uno de los evaluadores y supervisores de medidas cautelares de la UMECA, de nombre Homero de Jesús, el cual refirió que diariamente estuvieron acudiendo a diferentes horas del día, a la casa de la sentenciada para cerciorarse que ahí estaba, y que por las tardes se le realizaron video llamadas, las cuales ella debe tomar en alguno de los puntos previamente identificados de su casa.
Fue por ello que el juez no le dio la razón al Ministerio Público, y a los asesores legales de las víctimas, de que a falta de una buena vigilancia para evitar que Fabiola Rubí se pudiera fugar, era necesario meterla a la cárcel de manera preventiva.
Como se recordará, Fabiola Rubí “N”, fue encontrada culpable de haber causado un accidente vial el día 28 de julio del año 2017, tras pasar la noche ingiriendo bebidas embriagantes, y conducir a exceso de velocidad un Chevrolet Malibú por la avenida Suzanne Lou Pape, aproximadamente a las 07:30 horas, perdiendo el control del volante, y chocando contra la banqueta y el muro del campo de Golf, para luego, y de manera inmediata, chocar con la camioneta que manejaba Yolanda Carrizales Chapa, a quien le invadió el carril de circulación.
Tras el fuerte golpe, la Señora Yolanda perdió la vida en el lugar, mientras que Leyda Camila, quien fue llevada rápidamente a un hospital, falleció producto de las lesiones que sufrió en el área abdominal, el día 31 de julio del mismo año.
En el caso de Debani, quien sufrió lesiones gravísimas que pusieron en riesgo su vida, pese a sobrevivir, el accidente le dejó irreparables secuelas en su salud, las cuales aún no han sido valoradas en su totalidad, ya que al igual que Melissa, continúa recibiendo terapias psicológicas para poder superarlo.
Recientemente, y tras confirmarse la sentencia de 9 años de prisión por un Tribunal en Saltillo, un juez penal le mandó llamar a Fabiola Rubí, para que se entregara y empezara a cumplir con su condena, sin embargo, esa orden quedó en suspenso, dado que los abogados defensores presentaron una demanda de amparo.
En respuesta, los asesores de una de las víctimas pidieron que se le cambiara el brazalete electrónico–cuyo mantenimiento no pagó en 9 meses—por el resguardo domiciliario, medida cautelar que el día de ayer alegaron no era suficiente, y en lugar de la prisión preventiva que pedían, el juez le impuso a la doble homicida imprudencial, el arraigo en casa junto con el brazalete electrónico, para garantizar que no se vaya a sustraer de un proceso legal al cual ya se ha sometido durante 7 años sin faltar a ninguna de las audiencias.