Por Excélsior
La Prensa
El periodista Raymundo Riva Palacio obtuvo una sentencia definitiva emitida por el Consejo de la Judicatura Federal sobre la demanda que realizó en contra de los señalamientos hechos por el expresidente Andrés Manuel López Obrador en la sección «Quién es Quién en las Mentiras», al considerarse que se violaron principios fundamentales de legalidad y derechos humanos.
Riva Palacio fue calificado como “mentiroso” y “pinocho” por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador y su coordinadora de redes, Ana Elizabeth García Vilchis, durante las conferencias matutinas conocidas como La Mañanera. La resolución judicial, que ampara al periodista, sienta un precedente en la defensa de la libertad de prensa y el respeto a los derechos humanos frente a posibles abusos de poder.
El caso tiene su origen en el juicio de amparo 1369/2023, donde Riva Palacio denunció ataques desde la sección “Quién es quién en las mentiras de la semana”. Esta sección, promovida por el Ejecutivo, pretende desmentir supuestas noticias falsas difundidas por medios de comunicación, pero en varios casos ha sido criticada por incurrir en descalificaciones personales y exhibir datos sensibles de periodistas críticos al gobierno.
El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México dictó inicialmente una sentencia favorable al periodista el 23 de enero de 2024. Sin embargo, el gobierno promovió un amparo que puso nuevamente el caso en revisión (con el folio 135/2024), y el Tribunal decidió por unanimidad conceder el amparo a la parte quejosa.
Fundamentos de la sentencia en favor del periodista Raymundo Riva Palacio
En su resolución, el tribunal determinó que las acciones emprendidas por el presidente López Obrador y García Vilchis vulneraron los derechos humanos, la vida privada y el honor de Raymundo Riva Palacio. El proyecto destacó que:
Límite a la libertad de expresión del Ejecutivo: Si bien el presidente tiene derecho a expresar sus opiniones, su libertad no puede justificar la violación de derechos fundamentales como el respeto a la vida privada, los datos personales y la honra de los periodistas críticos.
Uso indebido de recursos públicos: El tribunal observó que “Quién es quién en las mentiras” utiliza una plataforma financiada con recursos públicos para atacar a periodistas críticos. Esto constituye un acto de intimidación institucional y abuso de poder, incompatible con los principios democráticos.
Impacto en la democracia: La propagación de información sesgada, selectiva o falsa desde una plataforma oficial genera un ambiente de desinformación que afecta la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones informadas.
“Si bien la persona titular del poder Ejecutivo cuenta con libertad de expresión, dicha libertad no le autoriza a violar la vida privada, los datos personales y el honor de los periodistas críticos del gobierno durante las mañaneras o conferencias matutinas”, indicó el magistrado Fernando Silva.
Con la resolución definitiva al amparo en revisión 135/2024, se determinó que las acciones del Ejecutivo en las conferencias matutinas conocidas como «mañaneras» constituyeron un sistema de comunicación post factual que distorsionó la realidad, afectando el derecho de la sociedad a recibir información precisa y neutral.
“En el proyecto encontramos que las libertades de pensamiento, de prensa, de expresión e información, impiden que el Ejecutivo instale sistemas de comunicación gubernamental post factual basados en la distorsión de la realidad para difundir información sesgada, selectiva o falsa porque esto crea un ambiente de desinformación que afecta la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones informadas en una democracia”, expuso el magistrado Silva García.
El CJF reafirmó que cualquier espacio público debe respetar los derechos fundamentales de los periodistas críticos y garantizar un entorno libre de intimidaciones.
Cronología del caso Raymundo Riva Palacio
2023:
Se emitieron declaraciones que señalaban al periodista Raymundo Riva Palacio en la sección «Quién es Quién en las Mentiras» de las conferencias matutinas por parte del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
El periodista Raymundo Riva Palacio presentó una demanda de amparo argumentando que las declaraciones en su contra violaban sus derechos constitucionales, específicamente el derecho al libre acceso a la información, la intimidad y la seguridad jurídica.
2024:
El Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México concedió un amparo a Riva Palacio, ordenando al presidente AMLO y a Elizabeth García Vilchis abstenerse de emitir pronunciamientos o declaraciones públicas que revelaran información personal del periodista.
Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México confirmó la suspensión a favor de Riva Palacio, reiterando que el presidente y su vocería debían abstenerse de realizar actos de acoso, represalia o denostación contra el periodista.
El gobierno del ex presidente López Obrador apela la decisión.
Se emite una sentencia definitiva a favor del periodista Raymundo Riva Palacio.
Triunfo de la libertad de prensa en México
La sentencia ha sido vista como un triunfo para la libertad de prensa en México, un país donde los periodistas enfrentan constantemente desafíos que van desde la censura hasta amenazas directas. Sin embargo, también genera preguntas sobre cómo equilibrar el derecho del Ejecutivo a comunicar información con el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos, incluidos los periodistas.
México contabilizó a cinco periodistas asesinados en lo que va de 2024, uno más que el año pasado, y es el país de América Latina que concentra un mayor número de muertes por ejercer la labor periodística, según el balance anual de Reporteros Sin Fronteras (RSF). En el ranking mundial, se sitúa en el tercer lugar empatado con Bangladesh (5 muertes) y detrás de los territorios palestinos (16) y Pakistán (7).